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O

(O) BRAS LITERARIAS Y ARTÍSTICAS.
Los términos (...) comprenden todas las producciones en el campo literario, científico y artístico, cualquiera que sea el modo o forma de expresión, tales como los libros, folletos y otros escritos; las conferencias, alocuciones, sermones y otras obras de la misma naturaleza; las obras dramáticas o dramático-musicales; las obras coreográficas y las pantomimas; las composiciones musicales con o sin letra; las obras cinematográficas, a las cuales se asimilan las obras expresadas por procedimiento análogo a la cinematografía; las obras de dibujo, pintura, arquitectura, escultura, grabado, litografía; las obras fotográficas a las cuales se asimilan las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía; las obras de artes aplicadas; las ilustraciones, mapas, planos, croquis y obras plásticas relativos a la geografía, a la topografía, a la arquitectura o a las ciencias (...) (Art. 2.1 del Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas).

OPERADOR CON PODER SIGNIFICATIVO EN EL MERCADO.
Operador que, individual o conjuntamente con otros, disfruta de una posición equivalente a una posición dominante, esto es, una posición de fuerza económica que permite que su comportamiento sea, en medida apreciable, independiente de los competidores, los clientes y, en última instancia, los consumidores que sean personas físicas.(Anexo de la Ley 32/2003, General de Telecomunicaciones)

OPERADOR DE TELEVISIÓN.
La persona física o jurídica que asuma la responsabilidad editorial de la programación televisiva y que la transmita o la haga transmitir por un tercero, conforme al criterio del artículo 3 de la Ley 25/1994, de 12 de julio, en la redacción dada por la Ley 22/1999,d e 7 de junio (art.2 del Real Decreto 526/2002 por el que se regulan medidas de fomento y promoción de la cinematografía y la realización de películas en coproducción).

ÓRGANO COMPETENTE.
Todo órgano jurisdiccional o administrativo, ya sea de la Administración General del Estado, de las Administraciones Autonómicas, de las Entidades locales o de sus respectivos organismos o entes públicos dependientes, que actúe en el ejercicio de competencias legalmente atribuidas ( Anexo Ley 34/2002, sobre Servicios de la Sociedad de la Información).

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