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Rtro. de Instaladores de Telecomunicación
No se trata de un Registro que afecte directamente a periodistas o a técnicos audiovisuales, sino a los instaladores y fabricantes de las infraestructuras que nos permiten comunicarnos. De acuerdo con el Real Decreto 279/1999, de 22 de febrero, la Secretaría General de Comunicaciones del Ministerio de Ciencia y Tecnología ha creado este Registro Público, al que deben incorporarse todos aquellos empresarios cuyo fin económico-social sea, precisamente, crear e instalar infraestructuras, equipos y sistemas que permitan acceder a los servicios de telecomunicaciones en el interior de los edificios.
La incorporación a este Registro Público es muy sencilla porque, electrónicamente, es posible adquirir un impreso de inscripción que, además, va acompañado de una hoja explicativa del modo de cumplimentar la solicitud. En dicho impreso hay que aclarar en qué Comunidades Autónomas se pretende trabajar, la modalidad de instalaciones que se van a efectuar, el seguro de responsabilidad civil suscrito en caso de que las redes públicas de telecomunicaciones o el dominio público radioeléctrico resulten dañados como consecuencia de este trabajo y el título académico que faculta a las personas físicas y jurídicas a realizar tal actividad.