Revista Internacional de Derecho de la Comunicación y de las Nuevas Tecnologías. SEMESTRAL. ISSN: 1988‐2629

Call for Papers 2023:  envíos abstracts hasta 30 de mayo 2023 (número octubre 2023) /Call for papers 2023: envíos abstracts hasta 31 de diciembre de 2023 (número abril 2024)

 

© Belén M. Chilano

Instituto de Política y Gobierno

                                                                                                      Universidad Nacional del Noroeste de la Provincia de Buenos Aires 

                                                                                                                                   Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Resumen

En Argentina el derecho a la intimidad está reconocido constitucionalmente, y protege un área referida a la vida individual libre de la intromisión de extraños. Este derecho recobra particular importancia en la era digital -en la que la información personal puede ser fácilmente recopilada y difundida a través de la red - haciendo necesario el acercamiento jurídico riguroso a esta nueva realidad. Este trabajo aborda una de las numerosas problemáticas que suscita el uso de las redes sociales como es la vulneración de la intimidad, reflexionando sobre las diferentes respuestas que proporciona el sistema jurídico argentino. En paralelo, se busca explorar en qué medida estas cuestiones resultan ser conocidas y de preocupación en un grupo poblacional doblemente implicado, como son los/as estudiantes de abogacía.

 

Con esos fines, se implementó una metodología mixta: por un lado, se llevó a cabo un estudio descriptivo con enfoque cualitativo, con el fin de realizar un análisis doctrinal sobre la temática y, desde la óptica jurídica, examinar la normativa nacional. Además, y como complemento, se aplicó una encuesta a un grupo de jóvenes estudiantes de derecho de una universidad pública argentina para conocer cuál es su percepción sobre la intimidad y las conductas asumidas en los espacios virtuales. Los resultados indican que los/as participantes parecen ser conscientes del derecho a la intimidad como derecho fundamental y de su relevancia. Sin embargo, si bien la mayoría dice tomar medidas para proteger su intimidad, estas estrategias no son las mismas que manifiestan realizar en el mundo online.

 

© Itziar Gómez Fernández

Universidad Carlos III (España)

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Resumen

La reflexión sobre la pornografía en el marco del ejercicio de derechos fundamentales puede efectuarse desde distintas perspectivas, sea desde el análisis de los derechos sexuales y la dimensión que se dé al consentimiento en el ejercicio de los mismos, sea desde el ángulo del derecho al libre desarrollo de la personalidad tanto de quienes consumen como de quienes producen pornografía, sea desde el enfoque del ejercicio del derecho a la libertad de expresión, en tanto se considere la pornografía como un mensaje que se difunde a través de un determinado canal.

El presente trabajo pretende atender a la última de las perspectivas citadas, utilizando como fuente principal de la argumentación el comentario de la STEDH PRYANISHNIKOV v. RUSSIA, de 10 de septiembre de 2019. Así, se analiza si la creación y difusión de pornografía puede ser considerada como ejercicio del derecho a la libertad de expresión en sentido amplio, lo que incluiría también la libertad de creación artística y, en caso afirmativo, cuáles son los límites que es posible aceptar respecto del ejercicio de este derecho. Este planteamiento nos llevará a detenernos en la definición del ámbito aceptable de protección de la moral pública o los derechos de terceros, específicamente cuando se trata de personas en situación de particular vulnerabilidad como los menores.

 

© Mariola M. Rodríguez Cardona

InterAmerican University of Puerto Rico

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 Resumen

 

La inteligencia artificial es un avance tecnológico que ha estado en desarrollo y en discusión desde hace varias décadas. No obstante, el fenómeno ha suscitado en años recientes una respuesta global para lograr su regulación debido a las implicaciones que tiene su uso en los derechos humanos y constitucionales de todos y todas en las diversas áreas, como la salud y el empleo, y en nuestro día a día. Los intentos para regular la inteligencia artificial, al igual que otros asuntos, han variado conforme a los países y sus jurisdicciones, razón por la cual en este escrito se realizará un derecho comparado entre las regulaciones existentes y los intentos en Estados Unidos, Puerto Rico y España con respecto a la inteligencia artificial.El motivo del derecho comparado entre estas tres jurisdicciones surge de la historia colonial de Puerto Rico con ambas, relaciones que han forjado las leyes imperativas en Puerto Rico y eventos históricos que servirán como punto de partida en este artículo. A su vez, se tiene como propósito realizar un análisis crítico de los pasos que se han dado hasta ahora con respecto a la regulación de la inteligencia artificial en las tres jurisdicciones con el fin de identificar las disposiciones legales beneficiosas que puedan implementarse en la regulación de aquellas jurisdicciones que no las incluyan, ya que todas deben tener el mismo objetivo: promover el desarrollo de la inteligencia artificial mientras se protegen los derechos de sus ciudadanos y ciudadanas.

 

© Beatriz del Carmen Martínez Isidoro

Universidad Complutense de Madrid (España)

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Resumen

Este artículo indaga sobre los límites que actualmente tiene el poder ejecutivo (presidente del gobierno y ministros) para denegar el acceso a la información sobre su actividad pública y gubernamental con el argumento de la seguridad nacional.

Se analizarán algunos de los casos más destacados de conflictos entre la Administración Pública y los solicitantes de información, cuya petición de acceso les ha sido denegada por el riesgo para la seguridad nacional, con el fin de comprobar cómo los responsables públicos han aplicado este límite, buscando saber si la protección de la seguridad nacional está justificada y es proporcionada según las circunstancias de cada caso, tal y como establece la Ley de Transparencia para su aplicación.

Asimismo, se expondrán los criterios interpretativos que han establecido los órganos garantes de la transparencia, junto con los fundamentos jurídicos de los tribunales españoles, con respecto a la aplicación de este límite. La finalidad de este estudio es conocer si la denegación del acceso a la información pública está relacionada con la protección de la seguridad nacional, o si, en algunos casos, el interés público por conocer dicha información se ha visto perjudicado en favor de los intereses particulares de los titulares del gobierno, que invocaron este límite sin la adecuada justificación.

 

© Yolanda Betrán

Universidad de Zaragoza (España)

 

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Resumen

Este trabajo lo que pretende es analizar la actual normativa sobre secretos oficiales junto con sus intentos de modificación y los problemas que a los que se enfrenta la regulación vigente. Así mismo, pone de relieve cuál es el uso que se hace por parte del Estado de los secretos oficiales tanto en actos públicos como en la jurisprudencia. Finalmente, de forma breve, se exponen algunos de los casos más señalados de nuestra jurisprudencia en relación a la Ley de Secretos Oficiales.

© Carlos Sanz Díaz

Universidad Complutense de Madrid (España)

        

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Resumen

El artículo analiza los obstáculos que presenta la regulación de las materias clasificadas en España a la luz de los desarrollos normativos más recientes y, en particular, del Anteproyecto de Ley de Información Clasificada presentado por el Gobierno en agosto de 2022. El estudio inserta estos desarrollos en una tradición de desequilibrio entre la protección de la seguridad nacional a través del secreto de Estado y las garantías a la libertad de información, insuficientemente protegidas en el ámbito normativo y aquejadas igualmente de una marcada carencia de recursos humanos y materiales en los sistemas archivísticos del Estado. El análisis incide en los efectos negativos que esta realidad proyecta sobre la investigación histórica, en particular, la que explora la Guerra Civil, la Dictadura de Franco, la Transición y la actual Etapa Democrática, con repercusiones igualmente limitantes sobre el fortalecimiento de la democracia y la implementación de las leyes de Memoria Histórica y de Memoria Democrática.

© Juan Luis López Aranguren

Universidad de Zaragoza (España)

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Resumen

Japón se enfrenta a importantes desafíos en materia de seguridad que vienen determinados por cuatro factores. El primero, la imposibilidad de tener ejército y declarar la guerra por el artículo 9 de su Constitución. El segundo, la amenaza nuclear de Corea del Norte. El tercero, las fricciones crecientes con una expansión de la influencia china. La cuarta y última, la relación con los Estados Unidos, marcada por el Tratado de Cooperación y Seguridad Mutuas de 1960. Estos cuatro factores hacen que, para Japón, sea de vital importancia generar una inteligencia estratégica que le permita prevenir y responder adecuadamente ante amenazas tanto externas como internas a su seguridad nacional. Sin embargo, la eficiencia de los servicios de inteligencia japoneses se ha enfrentado a la dificultad de que su desarrollo ha venido marcado por dos modelos contrarios: el centralizado de la Central de Inteligencia Americana (CIA), estadounidense, y el descentralizado del MI5 y MI6 británico. Esto, unido a la excesiva burocratización de la Administración Pública japonesa, ha alertado de la necesidad de una profunda reforma de los Servicios de Inteligencia de Japón. En este artículo se examinará el contexto legal, histórico y geopolítico de los Servicios de Inteligencia, las amenazas tanto internas como externas a los que se ha enfrentado y, finalmente, se ofrecerá una propuesta de reforma de los mismos que pueda ayudar a hacer frente a los desafíos actuales y futuros.

© Henar Alonso Rodríguez

Archivo General Militar de Ávila (Ministerio de Defensa)

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Resumen

El presente artículo analiza, desde el punto de vista de los profesionales de la gestión documental y de la archivística, la repercusión de la aún vigente Ley de Secretos Oficiales de 1968 y de las actuales Normas de Seguridad de la Información en el derecho de acceso a la información pública que contienen los documentos gestionados por los Archivos de la Administración General del Estado, así como los avances al respecto, derivados tanto de las autorizaciones ministeriales de acceso como de la reciente Ley de Memoria Democrática, y las perspectivas que genera el Anteproyecto de Ley de Información Clasificada, aún en trámite parlamentario.

© Carles San José Amat

San José Consultors

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Resumen

La normativa de transparencia ha afianzado el derecho a saber de la ciudadanía y, en particular, el derecho de acceso. Éste no es un derecho absoluto, sino que pueden concurrir determinados límites que restrinjan o limiten el acceso a información pública. Uno de los límites destacados es el relativo a la protección de datos personales, que exige en muchos casos realizar una ponderación entre ese derecho y el derecho de acceso a la información pública.

© Marc Carrillo

Universitat Pompeu Fabra (España)

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Resumen

El sistema democrático español tiene una asignatura pendiente que todavía no ha superado: una ley sobre los secretos oficiales que responda a las exigencias del Estado del Derecho. En el Anteproyecto presentado por el actual Gobierno se pretende adaptar la futura ley a los compromisos internacionales de España. Sin embargo, la regulación que se propone sobre el ámbito de las materias clasificadas como muy secreto y secreto adolece de indeterminación.

 

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