Revista Internacional de Derecho de la Comunicación y de las Nuevas Tecnologías. SEMESTRAL. ISSN: 1988‐2629

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DERECOM. Derecho de la Comunicación. - Elementos filtrados por fecha: Julio 2016
Viernes, 15 Julio 2016 00:00

Cine y registros públicos

Concha Calvo

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Fragmento

Cuando un productor se enfrenta a la tarea titánica de levantar una película o lo que es lo mismo, producirla, debe tener en cuenta que una obra cinematográfica o película cinematográfica está sujeta a una serie de factores que permitirán que esa obra sea exclusiva e inédita. Para ello, el productor y su obra deberán pasar por una serie de filtros o registros que darán legalidad a la película en cuestión. Pero qué es una película cinematográfica. Si nos atenemos a la legislación vigente, Ley 55/2007, de 28 de diciembre, sería toda obra audiovisual, fijada en cualquier medio o soporte, en cuya elaboración quede definida la labor de creación, producción, montaje y posproducción y que esté destinada, en primer término, a su explotación comercial en salas de cine. Quedan excluidas de esta definición las meras reproducciones de acontecimientos o representaciones de cualquier índole.

Para realizar una película cinematográfica se necesita un guión cinematográfico que deberá ser registrado para su protección en el Registro territorial de la Propiedad Intelectual. Este Registro, en el que se puede registrar desde el argumento hasta el tratamiento o el guión definitivo, protege la titularidad del autor, preservándolo contra el delito de plagio.

Edgar Rodríguez González

 

Resumen
En el presente artículo se realiza un análisis del derecho de acceso a los datos personales como uno de los elementos básicos que tenemos los individuos. Ello nos permite comprender y ejercer el mecanismo para poder conocer la información personal que se encuentra en resguardo de entes particulares; lo anterior, con la finalidad de que los sujetos que intervienen puedan eficientar los procesos de tutela efectiva de datos personales a la luz de la doctrina y resoluciones de España.

Palabras Clave
Derecho de Acceso, Datos Personales, Intimidad, Privacidad, Sujetos Regulados, Tratamiento de datos.

Marta Núñez López
María del Mar Ferreiro

 

Resumen
La protección de datos en España constituye un fenómeno relativamente reciente en el panorama jurídico español. A la primera regulación establecida en la LORTAD le siguió, por razones de adaptación a la normativa europea, la actual Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su reglamento de desarrollo. Esta ley, cuya regulación se centra de manera especial en el tratamiento de datos en ficheros automatizados, posee una dificultad técnica considerable, en la que conceptos, derechos, ámbito de aplicación, e incluso el régimen sancionador merecen un análisis simplificador. Este constituye el objeto del presente escrito, en el que, además, se tendrán en cuenta las medidas de seguridad establecidas por el RD 1720/2007, de 21 de diciembre, al objeto de alcanzar una visión más completa del actual sistema de protección de datos español.

Palabras clave
Protección de datos, ficheros, consentimiento, derechos de los afectados, medidas de seguridad.

Luis Manuel Martínez Domínguez
 
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Resumen
La Responsabilidad Social Corporativa (RSC) no es una táctica de imagen y reputación pero requiere de una estrategia de comunicación para que el estilo socialmente responsable cale en los grupos que pueden afectar o ser afectados por el logro de los propósitos de la institución educativa (stakeholders). Los centros educativos son organizaciones que tienen una escasa tradición en Comunicación Institucional (CI), lo cual dificulta el desarrollo de la RSC como rasgo propio del centro. En este artículo ofrecemos sugerencias con las que hacer una adecuada comunicación institucional que permita a los centros educativos adoptar con mayor voluntariedad y eficiencia su Responsabilidad Social Educativa.

Palabras clave
Centros educativos, responsabilidad social educativa, comunicación institucional, grupos de interés

 

Miryam Alcalá

 

 

Resumen
En este artículo se muestra como la concentración de medios de comunicación permite clasificar, censurar, imponer una sola óptica e interpretación del espacio público. Se señala cómo la concentración restringe la pluralidad y el acceso a diversas fuentes, inhibe la libertad de información e imposibilita que el ciudadano disponga de materia prima para formar opiniones propias, iniciar el proceso de debate y, de esta forma, conseguir una efectiva opinión pública.

Palabras clave
Pluralismo informativo. Medios de comunicación. Concentración mediática.

Magdalena Suárez Ojeda
 
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Resumen

Los estudios socio legales aparecen en nuestro derecho transformando hondamente los principios en los cuales se sustenta la legitimidad del poder. Los sesgos de sexo, clase, raza y religión han dejado una impronta indeleble en los estados postcolonialistas y han propiciado el establecimiento de un sistema dogmático en el cual se cuestionan los fundamentos básicos de los parámetros relativos a la toma de decisiones. El fenómeno de la mundialización o globalización ha favorecido la reflexión sobre las tendencias, creencias y opiniones políticas de una ciudadanía en constante mutación. Este estudio pretende poner de manifiesto los avances producidos en esta materia y su influencia en el desarrollo de la responsabilidad de las organizaciones en una doble vía: por un lado ad intra, la propia legitimidad en el ejercicio de sus acciones por adoptar procesos deliberativos democráticos y plurales y por otro lado ad extra, desarrollando fórmulas de responsabilidad social corporativa (RSC).

Palabras clave
Estudios socio-legales, estado social, democracia deliberativa

Rosa María de la Torre Torres

Esperanza Torres Melgoza

 

 
 
Resumen
En el texto se aborda el fundamento legal, concepto y alcance de los principios de autonomía universitaria y transparencia con la finalidad de abordar su correspondencia y armonización con el derecho a la información y la rendición de cuentas. En términos generales, la autonomía universitaria puede ser definida como la facultad que poseen las universidades para gobernarse –darse sus propias normas dentro del marco de su Ley Orgánica y designar a sus autoridades–, para determinar sus planes y programas de estudio dentro de los principios de libertad de cátedra e investigación y para administrar libremente su patrimonio.

El tema de la transparencia –desde su nacimiento- se enfrentó a grandes resistencias- en México se emigró de una cultura en la que la información se consideraba patrimonio de los funcionarios en turno, de la que podían disponer en forma mucho más generosa de la que ellos estaban dispuestos a ofrecer a un nuevo paradigma en el cual todos los ciudadanos poseen el mismo derecho a conocer y participar de esa información.

Palabras clave
Autonomía universitaria, transparencia, acceso a la información.

Tomás Atarama Rojas

Resumen
La delimitación del contenido constitucional de un derecho humano es una labor jurídica necesaria para procurar la correcta protección y defensa de los derechos. En el mundo de la comunicación, ésta es una tarea aún pendiente debido a que se ha atendido a las diversas manifestaciones de la comunicación, pero no a su naturaleza propia como bien humano esencial para todas las personas. Esta investigación presenta, justamente, una propuesta para delimitar adecuadamente el derecho humano a la comunicación.

Palabras clave
Comunicación, derecho, derechos humanos, derecho a la comunicación.

Juan Pablo Neyret

 

Fragmento

Si bien el primer dictador de la autodenominada “Revolución Libertadora” fue el general Eduardo Lonardi, éste fue inmediatamente reemplazado por el mentor de la ruptura del orden constitucional, general Pedro Eugenio Aramburu. Éste ordenó en 1955 el secuestro y ocultamiento del cadáver de la mujer del ex Presidente, Eva Perón, quien había fallecido, víctima del cáncer, el 26 de julio de 1952.

La tarea de desaparecer el cadáver, previamente embalsamado, de Evita le fue encomendada al coronel Carlos Eugenio de Moori Koenig. En la novela Santa Evita de Tomás Eloy Martínez —colega y amigo personal de Rodolfo Walsh— se ponen en boca de Aramburu estas palabras dirigidas a Moori Koenig: “Muerta … esa mujer es todavía más peligrosa que cuando estaba viva. … Desaparézcala … Acábela. Conviértala en una muerta como cualquier otra” (25). En el mismo texto de TEM encontramos, en palabras de otro militar, notoriamente también dirigidas al coronel, la misma voluntad de eliminación: “Que el cuerpo siga sin corromperse todo lo que quiera. Vamos a deshacerle la memoria” (300; énfasis añadido).

Isabel de Salas

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Resumen
La inversión publicitaria en los dispositivos móviles está mostrando un incremento desde la aparición de los móviles inteligentes o smartphones. Nuevos formatos publicitarios móviles están siendo acogidos con éxito por los anunciantes. La legislación que regula la actividad publicitaria y vela por la protección de datos personales deberá ser aplicada, teniendo en cuenta que dichas leyes fueron formuladas mucho antes de la aparición de estos formatos publicitarios y los que se vayan desarrollando posteriormente. Incluso la técnica de comunicación denominada Marketing Móvil va estructurándose y trabajando en los estándares de métricas y formatos para dar credibilidad y confianza tanto a usuarios como anunciantes. De ahí la importancia de clarificar las normativas a aplicar en el uso de estas plataformas para fines comerciales y publicitarios.

Palabras clave
Publicidad, Marketing móvil, legislación en comunicación.

 

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