Revista Internacional de Derecho de la Comunicación y de las Nuevas Tecnologías. SEMESTRAL. ISSN: 1988‐2629

Call for Papers 2023:  envíos abstracts hasta 30 de mayo 2023 (número octubre 2023) /Call for papers 2023: envíos abstracts hasta 31 de diciembre de 2023 (número abril 2024)

Rosa María De la Torre Torres*

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Resumen

Este trabajo aborda la complejidad de la protección de los datos personales en la era de la información, donde el flujo de información no conoce fronteras jurídicas, espaciales o tecnológicas.
La dificultad de regular un fenómeno global como la transmisión transfronteriza de datos, el manejo de información en manos de particulares y agentes oficiales, es tema de este análisis.
La perspectiva de los avances y retos del sistema jurídico en la materia de protección de datos personales nos lleva a proponer, al final de este ejercicio académico, un conjunto de ejes rectores a nivel nacional e internacional para dar mayor cobertura y eficiencia a las legislaciones existentes.

Palabras clave: Datos personales

Rosa María de la Torre Torres 

Esperanza Elizabeth Torres Melgoza*

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Fragmento

Las universidades, especialmente las públicas, se han constituido desde hace casi dos siglos en el semillero donde germinan nuevas corrientes de pensamiento, movimientos sociales, culturales, económicos e incluso políticos. Cada vez más, resulta evidente, el papel de estas instituciones de educación superior como formadoras de conciencias y modeladoras de criterios tanto individuales, como colectivos.
El estudio de la historia de las universidades, tanto en Europa como en América, da cuenta de un desarrollo evolutivo en la forma de organización, funcionamiento, gobierno y financiamiento en estas instituciones que han pasado de ser financiadas y gobernadas por algunas élites a ser consideradas espacios de interés público y autónomas de grupos de poder económico, religioso o político.
En nuestros días encontramos principalmente dos modelos de universidad, hablando en términos de financiamiento y autonomía.
En primer lugar encontramos a las Universidades privadas, aquéllas que han conservado a lo largo de la historia, o que han nacido, como empresas en manos de particulares y que por lo mismo tienen características específicas en cuanto a su financiamiento –el cual proviene primordialmente de las altas cuotas que éstas reciben de los alumnos-, a su organización interna y a su gobierno. Aunque pudiera resultar interesante estudiar la transparencia, el gobierno y la rendición de cuentas en esta categoría universitaria, este tipo de institución de educación superior no es objeto de este estudio.
Nuestro análisis se centrará en un segundo tipo de universidad: la universidad pública, la cual se caracteriza principalmente por los siguientes aspectos: a) Es considerada una institución de interés público, b) Recibe financiamiento público, c) Tiene autonomía jurídica de gobierno y de autogestión.

Rosa María de la Torre Torres

Esperanza Torres Melgoza

 

 
 
Resumen
En el texto se aborda el fundamento legal, concepto y alcance de los principios de autonomía universitaria y transparencia con la finalidad de abordar su correspondencia y armonización con el derecho a la información y la rendición de cuentas. En términos generales, la autonomía universitaria puede ser definida como la facultad que poseen las universidades para gobernarse –darse sus propias normas dentro del marco de su Ley Orgánica y designar a sus autoridades–, para determinar sus planes y programas de estudio dentro de los principios de libertad de cátedra e investigación y para administrar libremente su patrimonio.

El tema de la transparencia –desde su nacimiento- se enfrentó a grandes resistencias- en México se emigró de una cultura en la que la información se consideraba patrimonio de los funcionarios en turno, de la que podían disponer en forma mucho más generosa de la que ellos estaban dispuestos a ofrecer a un nuevo paradigma en el cual todos los ciudadanos poseen el mismo derecho a conocer y participar de esa información.

Palabras clave
Autonomía universitaria, transparencia, acceso a la información.

La transformación de nuestra revista en una publicación científica del ámbito, sobre todo, del Derecho de la Comunicación está facilitando que estudiosos, ensayistas y académicos de todo el mundo nos hagan llegar sus investigaciones, documentos o colaboraciones iusinformativas. La plataforma electrónica de acceso libre que es Derecom, permite que hoy presentemos con orgullo los trabajos que muy diversas generaciones están elaborando, sobre pilares firmes, asentados por los creadores y promotores de la materia Derecho de la Información en todo el mundo, desde 1948. Este es el caso, efectivamente, del grupo de científicos americanos, de México, que hoy someten sus aportaciones a análisis y críticas. Seguramente no se va demasiado lejos cuando se afirma que los trabajos de los profesores doctores Pérez Pintor y De la Torre Torres, formados en la Universidad Complutense de Madrid, y los de los maestros Ochoa, Ponce, García Tinajero y Vázquez Bernal ponen sobre el tablero las preocupaciones clave, en términos jurídicos, de la sociedad mexicana actual. En este sentido, son expresión del sentir y pensar del país hermano, aunque, al mismo tiempo, los propios autores responden a las inquietudes de sus contemporáneos.  Hay que felicitarse por la creación y pervivencia de un pool de estas características en la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo. Lo mismo ocurre con el trabajo del maestro Santisteban, que pone el acento en un tema discutido con profusión en los últimos años en el país azteca: la fiabilidad de los registros de datos personales. Algo similar sucede con la aportación brasileña, que llega de la mano de una diplomada en Estudios Avanzados de la UCM, Andrea Esmanhoto. El trabajo que presenta, y sus argumentos, seguramente podrían extrapolarse a otros órdenes de la vida brasileña actual, tanto del terreno fáctico como del jurídico.; la protección de los datos personales, la transparencia informativa y el acceso a la información y a los documentos públicos y las telecomunicaciones son asuntos de máximo interés en las sociedades desarrolladas actuales. Las colaboraciones de la profesora Cousido y de la doctoranda Ponce aportan el marco exegético del Derecho de la Información, que podría considerarse investigación fundamental. Finalmente, la aportación de las profesoras doctoras García Guardia y Núñez Gómez refleja la inquietud, el dinamismo y la vanguardia investigadora de los profesores de la Facultad de Ciencias de la Información de la Universidad Complutense de Madrid. 

 

M. Pilar Cousido González

Manuel de Santiago Freda

Éste es el cuarto número de la revista Derecom, correspondiente a la Nueva Época. Se trata del primer número extraordinario dedicado, casi por completo, a la transparencia, como corresponde a la inquietud  que  suscita en la Redacción el principio de transparencia y  las circunstancias socioeconómicas actuales, en las que dicho principio está siendo reiteradamente citado.

            La elaboración de un primer anteproyecto de ley sobre transparencia por parte del Gobierno español ha dado pie a la elaboración de diversos artículos sobre esos temas. El trabajo de Antonio García y Pedro Antonio Rojo va en esta dirección, centrado en el análisis de los niveles de transparencia de los contenidos informativos de las televisiones españolas. Rosy de la Torre y Esperanza Torres presentan un trabajo de investigación sobre la transparencia de las universidades mejicanas digno de lectura y reflexión. Por su parte, Pilar Cousido, Antonio Villoria y Estrella Gutiérrez afrontan la conveniencia y corrección de la normativa que incide en alguna de las instituciones arriba citadas (transparencia, derecho de acceso a la información, rendición de cuentas). Mientras que dos de esos trabajos responden a un enfoque exegético legal, uno de ellos es más bien un artículo de opinión. En particular, el artículo sobre la legislación del sector audiovisual debería leerse a continuación del artículo sobre la transparencia de los contenidos informativos de nuestras televisiones. Entre ambos puede obtenerse una visión teórico-práctica de uno de los subsectores del Audiovisual español, en cuanto a su grado de satisfacción del principio de transparencia y a las expectativas que, sobre esto, la propia sociedad podría desarrollar. Se ha querido hacer un hueco a la actualidad informativa que parecía que no debía dejase sin abordar iusinformativamente hablando: el asunto wikileaks, lo que ha correspondido a Manuel de Santiago. También en el terreno de la actualidad científica, un segundo artículo de Pilar Cousido sobre el Seminario neoyorquino El Derecho de la Información en Internet, que ha tenido lugar los días 12 y 13 de noviembre de este año, permite identificar a los juristas norteamericanos  especializados en la materia,  así como las líneas de máxima preocupación que el Derecho de Internet suscita entre los autores estadounidenses, a día de hoy.  En el terreno del Derecho Comparado, presentamos un trabajo de Roberto Alonso sobre las garantías del derecho de acceso a la información, tras las reformas constitucionales que han afectado al derecho a la información en su país. En último lugar, y refiriéndonos siempre a la transparencia, se publica un extracto de un reciente trabajo de investigación sobre la transparencia en Internet y sus consecuencias para los derechos personales, que ha realizado Víctor Escandón, en sede del Departamento de Derecho Constitucional, de esta Universidad (UCM).

Finalmente, como ya es costumbre,  hemos incorporado un trabajo ajeno al Derecho de la Información, que es nuestra forma de abrir la Revista a otras realidades de la Comunicación que, en algún momento, pueden llevar al Derecho a operar sobre ellas. Se trata del trabajo de Begoña García, sobre el peso de las mujeres en la difusión cultural.

M. Pilar Cousido González

Manuel de Santiago Freda

En el presente número de la Revista Electrónica Internacional de Derecho de la Comunicación Derecom son abordados desde distintos enfoques, como es ya tradición, fenómenos iusinformativos regulados en Derecho español y en Derecho comparado o en proceso de regulación o de modificación. Juan Pablo Neyret, con su estilo impecable, vuelve a plantear un asunto tan típico, en sentido propio, como la censura visto desde una experiencia periodístico-literaria, como es el tratamiento no permitido en Argentina, durante un período de tiempo del nombre de Eva Perón; tres autores de diferentes nacionalidad se centran en la protección de datos, un tema que vuelve continuamente a las página de derecom. En esta ocasión, dos abogadas gallegas presentan la Ley de Datos a las empresas, de forma sencilla y asumible, comprensible para quienes no están introducidos en el mundo del Derecho. Se trata de Marta Núñez y de Mar Ferreiro.

Por su parte, Edgar Rodríguez, desde Morelia, se lanza a la reflexión sobre el derecho de acceso, recientemente regulado en Méjico. En una dimensión pragmática, Concha Calvo ofrece una muestra del grado de intervencionismo que afecta al ámbito cinematográfico, lo que no deja de ser contradictorio, si se observa, en la práctica, que el sector del cine consigue mantener una opacidad incomprensible considerando la cantidad de inscripciones en Registros Públicos a las que tienen que someterse los productores. Mientras que Tomás Atarama ofrece un estudio fundamental, de base, sobre el Derecho de la Comunicación en Perú, bastante alentador y optimista en su enfoque, Miryam Alcalá presenta un trabajo desasosegante al identificar, tanto en Méjico, como en España, muestras evidentes de concentraciones en el sector de los medios de comunicación que sólo perjudican al pluralismo de nuestras sociedades. De dos maneras diferentes, Luis Manuel Martínez y Magdalena Suárez se ocupan de la responsabilidad social corporativa. El profesor Martínez la lleva al ámbito pedagógico.

La profesora Suárez se centra en un repaso histórico sobre las relaciones  entre la política y el Derecho que le permiten extraer conclusiones de interés para la época agónica que vivimos. Finalmente, la maestra Esperanza Torres y la doctora Rosa María De la Torre vuelven a ocuparse de la transparencia en la universidad, mientras que la catedrático Isabel De Salas se ocupa de la publicidad, como mensaje, en los dispositivos móviles, con un manejo exhaustivo de la legislación que le afecta.

Son temas variados todos ellos, de actualidad, la mayoría, en relación estrechísima con distintos fenómenos iusinformativos, que ayudan a forjar criterio sobre asuntos que nos preocupan o inquietan. 

© Rosa María de la Torre Torres

Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (México)

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©Brenda Yessenia Olalde Vázquez

Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (México)

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Summary

On May the 25th, 2018 came into force the EU General Data Protection Regulation (GDPR), relating to the Protection of Personal Data of Persons and the Free Movement of Data. This European Union Regulation has implications beyond the borders of the very same EU.

The aim of this paper is to analyze the effect of the extraterritorial application of the new Regulation of the EU, in the Mexican legal space of data protection.

The recitals and articles of the GDPR related to the extraterritorial application of this regulation are of special interest as they help to blur the juridical borders that, until recently, hindered the effective protection of personal data in the state legislations.

There are three aspects of main relevance that this regulation provides for in terms of data protection: concerning the data processing activities related to the supply of goods or services to interested parties in the EU, the activities of processing personal data by a controller or a processor not established in the EU and the processing of personal data made by controllers not settled in the EU and to whom the Law of a Member State is applicable due to International Public Law.

The analyzed Regulation here sets new interesting parameters in terms of territorial application, involving companies and individuals that previously would not be affected by it.

 

Hemos preparado un tema especial para el número 26 de nuestra revista. En mayo de 2019 hará un año que el Reglamento de Protección de Datos de la Unión Europea ha entrado en vigor. Mucho se ha oído sobre él y sobre los datos personales antes y después de esa fecha. No sólo en los medios de comunicación, sino también a nivel de calle, en los pequeños y medianos negocios y, por supuesto, en las grandes empresas.

La aprobación, en España, de la Ley Orgánica 3/2018 amplió el eco del Reglamento y sembró la confusión al saberse que los partidos políticos podrán hacer bases de datos con la información ideológica de los internautas, poniéndola, quizás, o en cuanto puedan y sea viable, al servicio de sus concretísimos intereses electorales. La posibilidad de elaborar nuestros perfiles es una realidad. Después de todo lo que se ha comentado sobre el affair Cambridge Analytica, parecía una necesidad abordar el tema y, en la medida de lo posible, profundizar en la cuestión de la inteligencia artificial y el algoritmo.

Fruto de esa propuesta pública es el número coordinado por Pilar Cousido González y Estrella Gutiérrez David que ahora se presenta. El profesor Emmanuel Derieux, de la universidad parisina Panthéon-Assas, nos ofrece su reflexión sobre la protección de datos y la libertad de información en Francia tras la adopción del nuevo Reglamento europeo. El catedrático de la Universidad de Cádiz Antonio Troncoso Reigada, Director de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid entre 2001 y 2010, realiza un recorrido muy útil por los vericuetos procedimentales que han llevado a la aprobación de la Ley 3/2018, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales. 

La profesora complutense Pilar Dopazo Fraguío presenta una parte de las conclusiones de su proyecto de investigación El régimen jurídico-público de los drones, en una colaboración en la que pondera la protección de datos y los derechos digitales. Por su parte, la también profesora UCM Rosa María García Sanz se muestra crítica con el Reglamento identificando algunos problemas jurídicos de primera magnitud derivados de su redacción y contenido. La investigadora Rosa María Tourís López describe y explica con gran coherencia el régimen legal de los datos estadísticos, en general, y de los relacionados con el crimen, en particular. La profesora mejicana Rosa María de la Torre Torres y la investigadora Brenda Yessenia Olalde Vázquez dan un paso más y trascienden el ámbito nacional, para adentrarse en el proceloso mar de la extraterritorialidad del Reglamento y sus repercusiones para las empresas mejicanas y españolas con intereses económicos en el territorio de la Unión Europea.

La investigadora jienense Carolina López Medina se interesa por la protección de datos desde la perspectiva del poder judicial español. Por su parte, el abogado Rafael del Real Rubio y la profesora UCM María Luisa Sánchez Calero muestran la conjunción que operar en la actualidad entre el periodismo de datos y la inteligencia artificial.  Por su parte, Carolina del Valle Montoya Santiago, investigadora complutense, profundiza en los datos sanitarios y su alcance, más allá del derecho a la intimidad. Aquí quedan, entonces, todas estas aristas que nos permiten construir un poliedro multifacético con los impactos de la nueva regulación de datos personales.

 

Revista Internacional de Derecho de la Comunicación y de las Nuevas Tecnologías. Semestral

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