Revista Internacional de Derecho de la Comunicación y de las Nuevas Tecnologías. SEMESTRAL. ISSN: 1988‐2629

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DERECOM. Derecho de la Comunicación. - Elementos filtrados por fecha: Domingo, 02 Febrero 2020

Desde la Edad de Piedra hasta nuestros días el ser humano ha tratado de expresar su lugar en el mundo a través de diferentes sistemas, ya sea el arte rupestre en una caverna o un tuit en una red social. Nunca antes en la historia la necesidad de compartir había sido tan grande, quizá por los medios, por la tendencia global o por la necesidad de dejar una huella, aunque sea online, en nuestro paso por la humanidad. Este Big Bang de información plantea no pocas dudas sobre la ética aplicable a las libertades individuales o las colectivas con relación a la libertad de expresión, la protección de datos o el uso de unos y otros. Nuestra información está sufriendo un liberalismo feroz, pudiendo ser vendida al mejor postor, como si de cualquier producto de manufactura se tratase. Detrás de cada clic que hacemos a lo largo del día hay alguien que lo almacena, lo clasifica y lo vende. Si establecemos relaciones entre millones y millones de clics, sacando conclusiones de los mismos, en una tarea que se denomina clustering, entonces nos encontramos ante una minería de datos cuyo valor es tan incalculable que nuestros legisladores aún no saben cómo afrontar este problema.

      El debate del valor entre las mil palabras o una imagen ha dado paso a si cualquiera de los dos es compartido o no; si no ha sido compartido, nunca ha existido. Ante el miedo de no existir, la humanidad comenzó a compartir. Con la aparición de la Web 2.0 aparecieron los primeros Groupware, como podría ser Wikipedia, y no mucho más tarde llegaron las redes sociales, en 2004, con el nacimiento de Facebook. Nuestros datos pasaron a agruparse y almacenarse, en lo que se conoce como streams. Un mundo que no podemos tocar, repleto de esos streams, que van desde la consulta de información en Google, la compra de un libro en Amazon o el pago con tarjeta en una gasolinera. Detrás de todos esos datos hay un equipo de minería formado por matemáticos, programadores, psicólogos, sociólogos y un sinfín de profesionales con el propósito de encontrar la aguja en el pajar.

      En 2017, entre las cinco empresas con mayor cotización en bolsa1, cuatro de ellas se dedicaban a Tecnología de la información, entre las que se encuentran Facebook o Alphabet (Google). Según Forbes2 Mark Zuckerberg, fundador de Facebook, posee una fortuna en octubre de 2019 de sesenta y dos billones de dólares. Es imposible no cuestionarse qué es exactamente lo que vende una plataforma que permite conectar a una persona con sus amigos y otras personas relacionadas con su entorno (Zuckerberg, 2004)3 para alcanzar esas cifras. La respuesta es sencilla: diamantes.

     El Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento UE 2016/679) y la Ley Orgánica española 3/2018, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales establece que todo individuo es titular de los datos que le conciernen y le afectan personalmente. Podría parecer entonces contradictorio que alguien use nuestros datos contra nuestra voluntad, teniendo una ley que nos protege, pero no es cuestión de protección, sino de tamaño de letra y de cultura. El usuario de estas plataformas puede exigir, amparado en la ley, que sus datos no sean almacenados, pero deberá hacerlo mediante carta escrita dirigida a la sede de la misma. Por tanto, debido al tiempo, gasto y cultura que ello conlleva estamos en manos de la ética y no la de la legalidad. Porque, al fin y al cabo, lo peligroso es el uso que se haga de los datos, no los datos en sí, sino la interpretación e intencionalidad con los mismos.

     Los mismos datos que pueden servir para un mejor uso de la medicina, diferenciando características raciales o sexuales, pueden ser por otra parte discriminatorios. Si esas mismas características raciales se aplican a que dependiendo de la raza se establezca un tipo de interés u otro a la hora de pedir un crédito por las conclusiones e interpretación de esta minería de datos nos encontraríamos con hechos gravísimos ante los cuales los Estados tienen difícil legislar.

    Los peligros que acarrea esta minería de datos son aún desconocidos. En 2008, durante la campaña electoral, Barack Obama compró información acerca de las inquietudes y miedos de los votantes indecisos para dirigir su discurso hacia ellos (Baker, 2009).4 Por tanto, no se trata tanto de una legislación sobre la protección de datos, cuanto del uso de los mismos.

    No quiere decirse con esto que la seguridad se convierta en un pretexto para imponer vigilancia y recortar libertades, sino que se necesitará de una profunda regulación para proteger los derechos e identidad de los individuos sin llegar a convertirse en una sociedad de la vigilancia que pueda coartar otras libertades civiles.

1.BBC News Mundo. (2017). Las 10 empresas más valiosas del mundo (y cuáles son las 5 que lideran en América Latina). [online] Disponible en: https://www.bbc.com/mundo/noticias-42327754 [Consultado: 22 Nov. 2019]

2.Forbes (2019). Forbes [online] Disponible en: https://www.forbes.com/ [Consultado: 22 Nov. 2019

3.Baiget, T. and Guallar, J. (2010). Anuario ThinkEPI 2010. 4th ed. Madrid: EPI - El Profesional de la Información, pp.3320-324

4.Baker, S (2009). What data crunchers did for Obama. Business week. Disponible en: http://businessweek.com/technology/content/jan2009/ tc20090123_026100.html [Consultado: 22 Nov. 2019].

 

 

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