Revista Internacional de Derecho de la Comunicación y de las Nuevas Tecnologías. SEMESTRAL. ISSN: 1988‐2629

Call for Papers 2023:  envíos abstracts hasta 30 de mayo 2023 (número octubre 2023) /Call for papers 2023: envíos abstracts hasta 31 de diciembre de 2023 (número abril 2024)

Rodrigo Santisteban Maza*

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Resumen

El artículo analiza, en una primera instancia y desde el punto de vista internacional, la evolución del derecho humano de acceso a la información; en segundo término la creación del Estado de la Ciudad del Vaticano en 1929 y las consecuencias internacionales que conllevó su reconocimiento como Estado Soberano; en ese orden de ideas, busca destacar la imperiosa necesidad de que ese Estado adopte algunas directrices tendientes a la aplicación del derecho humano de acceso a la información, o en su defecto, la suscripción y posterior regulación de los diversos instrumentos internacionales que reconocen de manera indirecta a esa prerrogativa, fundamental para la legitimación de cualquier Estado moderno, sin soslayar en ningún momento algunas de las posturas que han tenido los Sumos Pontífices sobre la libertad de expresión.

Palabras clave: Libertad de Expresión, Derecho de Acceso a la Información, Estado de la Ciudad del Vaticano, Pacto de Letrán.

Rodrigo Santisteban Maza*

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Resumen

El presente artículo se basa en un caso real, que deriva de una inquietud personal por saber el nivel de protección de mis datos personales que obran en el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil que es administrado por la Secretaría de Gobernación, y demostrar la convivencia real entre los Derechos Humanos de Acceso a la Información y el de Protección de Datos Personales.
De tal suerte, que para poder llegar a una conclusión téorico-práctica, se realizará el análisis de diversas normas jurídicas aplicables al citado registro, y algunas cuantas normas vigentes en México en materia del Derecho Humano a la Protección de Datos Personales expedidas por el Instituto Federal de Acceso a la Información y  Protección de Datos; buscando al final del estudio determinar la existencia o no de una violación a este Derecho Humano por parte del Gobierno Mexicano.  

Palabras clave: Derecho Fundamental a la Protección de Datos Personales, Derecho Fundamental de Acceso a la Información, Niveles de Seguridad, Secretaría de Gobernación, Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.

La transformación de nuestra revista en una publicación científica del ámbito, sobre todo, del Derecho de la Comunicación está facilitando que estudiosos, ensayistas y académicos de todo el mundo nos hagan llegar sus investigaciones, documentos o colaboraciones iusinformativas. La plataforma electrónica de acceso libre que es Derecom, permite que hoy presentemos con orgullo los trabajos que muy diversas generaciones están elaborando, sobre pilares firmes, asentados por los creadores y promotores de la materia Derecho de la Información en todo el mundo, desde 1948. Este es el caso, efectivamente, del grupo de científicos americanos, de México, que hoy someten sus aportaciones a análisis y críticas. Seguramente no se va demasiado lejos cuando se afirma que los trabajos de los profesores doctores Pérez Pintor y De la Torre Torres, formados en la Universidad Complutense de Madrid, y los de los maestros Ochoa, Ponce, García Tinajero y Vázquez Bernal ponen sobre el tablero las preocupaciones clave, en términos jurídicos, de la sociedad mexicana actual. En este sentido, son expresión del sentir y pensar del país hermano, aunque, al mismo tiempo, los propios autores responden a las inquietudes de sus contemporáneos.  Hay que felicitarse por la creación y pervivencia de un pool de estas características en la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo. Lo mismo ocurre con el trabajo del maestro Santisteban, que pone el acento en un tema discutido con profusión en los últimos años en el país azteca: la fiabilidad de los registros de datos personales. Algo similar sucede con la aportación brasileña, que llega de la mano de una diplomada en Estudios Avanzados de la UCM, Andrea Esmanhoto. El trabajo que presenta, y sus argumentos, seguramente podrían extrapolarse a otros órdenes de la vida brasileña actual, tanto del terreno fáctico como del jurídico.; la protección de los datos personales, la transparencia informativa y el acceso a la información y a los documentos públicos y las telecomunicaciones son asuntos de máximo interés en las sociedades desarrolladas actuales. Las colaboraciones de la profesora Cousido y de la doctoranda Ponce aportan el marco exegético del Derecho de la Información, que podría considerarse investigación fundamental. Finalmente, la aportación de las profesoras doctoras García Guardia y Núñez Gómez refleja la inquietud, el dinamismo y la vanguardia investigadora de los profesores de la Facultad de Ciencias de la Información de la Universidad Complutense de Madrid. 

 

M. Pilar Cousido González

Manuel de Santiago Freda

 

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