Revista Internacional de Derecho de la Comunicación y de las Nuevas Tecnologías. SEMESTRAL. ISSN: 1988‐2629

Call for Papers 2023:  envíos abstracts hasta 30 de mayo 2023 (número octubre 2023) /Call for papers 2023: envíos abstracts hasta 31 de diciembre de 2023 (número abril 2024)

Ana María Ochoa Villicaña*

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Presentación

Los avances tecnológicos y el uso generalizado de la informática y las nuevas tecnologías en el almacenamiento, sistematización y tratamiento de información, así como su transmisión y utilización, al mismo tiempo que han supuesto un beneficio invaluable en el quehacer cotidiano de los administradores de información y de la sociedad en general, también han venido a representar, en la actualidad, un medio a través del cual se cometen innumerables violaciones a los derechos humanos de las personas.

Ello ha dado lugar al nacimiento de nuevos derechos que antes no requerían de una protección especial, pero que ahora se hacen necesarios a fin de contrarrestar los embates que el almacenamiento y tratamiento de información les supone.

Tal es el caso del derecho a la protección de datos personales que, si bien tuvo su origen en el antiguo derecho a  la intimidad, actualmente cuenta con un reconocimiento independiente aunque íntimamente relacionado con aquel.

La informática y las comunicaciones electrónicas han venido a representar un verdadero desafío para el uso, tratamiento y sistematización de la información en general y, en particular, de la información personal, lo que si bien supone un beneficio para el usuario de la misma, también conlleva un riesgo para los derechos más elementales de las personas, por lo que ha venido a marcar un hito en la tutela de la información personal.

Riesgo que se ha visto incrementado en gran medida con la aparición del internet, porque nada como la Red es capaz de concentrar los diferentes riesgos ligados a la comunicación electrónica, virtud a las posibilidades de captación y tratamiento de información que ofrece, panorama en el que adquiere gran trascendencia el derecho a la protección de datos personales, con el que a la par adquiere vida jurídica el derecho a la libertad informática, también denominado autodeterminación informativa, que no son sino la parte activa del derecho a la  protección de datos personales.

Es la actualidad de este tema, la importancia que tiene en la vida de las personas y, el incipiente reconocimiento y protección que tiene el derecho a la protección jurídica de los datos personales en nuestro país, lo que nos motiva a desarrollar el presente trabajo, en el que, además de intentar ubicar su origen y establecer su conceptualización, habremos de  analizar el desarrollo legislativo que tiene en México y, los órganos encargados de su difusión y salvaguarda.

La transformación de nuestra revista en una publicación científica del ámbito, sobre todo, del Derecho de la Comunicación está facilitando que estudiosos, ensayistas y académicos de todo el mundo nos hagan llegar sus investigaciones, documentos o colaboraciones iusinformativas. La plataforma electrónica de acceso libre que es Derecom, permite que hoy presentemos con orgullo los trabajos que muy diversas generaciones están elaborando, sobre pilares firmes, asentados por los creadores y promotores de la materia Derecho de la Información en todo el mundo, desde 1948. Este es el caso, efectivamente, del grupo de científicos americanos, de México, que hoy someten sus aportaciones a análisis y críticas. Seguramente no se va demasiado lejos cuando se afirma que los trabajos de los profesores doctores Pérez Pintor y De la Torre Torres, formados en la Universidad Complutense de Madrid, y los de los maestros Ochoa, Ponce, García Tinajero y Vázquez Bernal ponen sobre el tablero las preocupaciones clave, en términos jurídicos, de la sociedad mexicana actual. En este sentido, son expresión del sentir y pensar del país hermano, aunque, al mismo tiempo, los propios autores responden a las inquietudes de sus contemporáneos.  Hay que felicitarse por la creación y pervivencia de un pool de estas características en la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo. Lo mismo ocurre con el trabajo del maestro Santisteban, que pone el acento en un tema discutido con profusión en los últimos años en el país azteca: la fiabilidad de los registros de datos personales. Algo similar sucede con la aportación brasileña, que llega de la mano de una diplomada en Estudios Avanzados de la UCM, Andrea Esmanhoto. El trabajo que presenta, y sus argumentos, seguramente podrían extrapolarse a otros órdenes de la vida brasileña actual, tanto del terreno fáctico como del jurídico.; la protección de los datos personales, la transparencia informativa y el acceso a la información y a los documentos públicos y las telecomunicaciones son asuntos de máximo interés en las sociedades desarrolladas actuales. Las colaboraciones de la profesora Cousido y de la doctoranda Ponce aportan el marco exegético del Derecho de la Información, que podría considerarse investigación fundamental. Finalmente, la aportación de las profesoras doctoras García Guardia y Núñez Gómez refleja la inquietud, el dinamismo y la vanguardia investigadora de los profesores de la Facultad de Ciencias de la Información de la Universidad Complutense de Madrid. 

 

M. Pilar Cousido González

Manuel de Santiago Freda

 

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