© Vicente J. Navarro Marchante
Universidad de La Laguna (España)
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Summary
The ruling of the Supreme Court of Spain, April 16th , 2016 sorts out the appeal raised by the Association of Journalists of Catalonia against the rules of access of audiovisual media to the judicial buildings in Barcelona. Those rules forbid their free work in the corridors and transit zones of the building and force them to remain in the press room. The reasons wielded by the courts are essentially three: the corridors and dependencies of the judicial building are not a source of general access information (STC 56/2004), the rights of third parties can be violated and the normal performance of the different judicial activities that take place in the building is jeopardized. Confronted with these reasons, journalists appeal to the freedom of information and to the relevance of their work on account of its general interest. At the same time, they ask for the personal rights of celebrities not to be considered unlimited while emphasizing that judicial buildings are areas open to the general public.
Presentamos en esta ocasión siete artículos de fondo, dos opiniones y una reseña. De los diez textos del número 22 de nuestra revista, siete abordan diferentes aspectos del Derecho de la Comunicación Audiovisual; Vicente Navarro y Adrián Moreno coinciden en su preocupación por el uso de cámaras con fines periodísticos o informativos. Navarro Marchante se centra en la regulación de las cámaras en instalaciones e infraestructuras judiciales, fuera de los procedimientos propiamente dichos. Moreno Fontarrosa realiza un ejercicio de Derecho Comparado entre una sentencia del Tribunal Constitucional español y otra del Tribunal de Estrasburgo, relativas ambas al uso de cámaras ocultas en las investigaciones periodísticas. El autor opina sobre las coincidencias y discrepancias de pareceres entre ambos tribunales.
Manuel Peláez realiza un ejercicio exegético profundo encaminado a reforzar planteamientos doctrinales previos que sugieren la conveniencia de sustituir los concursos públicos para la obtención del derecho a explotar un canal de televisión por meras subastas cuyo solo criterio determinante fuera el económico. Por su parte, Francisco Aguilar, Anna Adeliño y Azahara Carretero ofrecen una visión histórica y comparativa de la gestión de los derechos de emisión de los partidos de fútbol, motivada por la aprobación, en España, del Real Decreto 5/2015, sobre Comercialización de los derechos de emisión de los partidos de fútbol. David Vila-Viñas, a su vez, se interesa por la regulación reciente de principios de una modernidad indudable, como la gobernanza plural y la participación ciudadana, en la gestión de la Corporación de Radio y Televisión de Aragón. Javier García reflexiona sobre la necesidad de revisar la jurisprudencia constitucional relativa al derecho de creación de medios audiovisuales en España, en el contexto de la actual revolución tecnológica.
Más genéricamente, David Parra revisa la legislación, dispersa y compleja, a la que deben someterse las empresas y grupos periodísticos en relación con el tratamiento de la información y documentación corporativas. El autor trata de determinar el plazo de obligada conservación y mantenimiento de esos documentos, así como las repercusiones en ellos de la normativa sobre la protección de datos personales. Del mismo modo, Fernando Peinado y Juan Pablo Mateos también dirigen su interés hacia la empresa informativa y sus nuevos modelos de negocio, derivados del triunfo de las aplicaciones móviles. Encuentran en su estudio un hueco para los derechos de autor.
Por su parte, el ensayo de José María Pérez Zúñiga es una oportunidad para reflexionar sobre la comunicación científica en nuestro país y, en particular, sobre la comunicación del Derecho en sus múltiples manifestaciones. El autor repasa todos los medios y todos los modos actuales de comunicar el Derecho y ofrece su visión para un recto manejo de los mismos. Esperamos que los disfruten.
Finalmente, en este mismo ámbito audiovisual, Celia Forneas ofrece una reseña sobre un libro de la profesora Concha Calvo centrado en la financiación, en España, de obras audiovisuales, un trabajo de particular interés para los jóvenes productores que desconocen el terreno y para los directores noveles.
La Redacción, mientras tanto, prosigue su trabajo en el terreno de las bases de datos, actividad que ya ha dado sus frutos, al haber obtenido una más correcta caracterización de la revista en casi todas las BD en las que se encuentra nuestra publicación.
En este 20 aniversario de www.derecom.com La Revista Internacional de Derecho de la Comunicación y las Nuevas Tecnologías, presentamos, con la misma ilusión que en el verano de 2001, los trabajos de algunos de nuestros mejores colaboradores. Nuestro compromiso con el derecho a la información y la libertad de expresión sigue igual de firme y continuamos haciendo nuestro el famoso “in dubio pro communicatione” desantiano (José María Desantes Guanter, el primer catedrático español de Derecho de la Información).
Hoy presentamos un capítulo escrito por la Profesora Townend, de la Universidad de Sussex, traducido al español, con su autorización, que aborda el derecho a la información judicial en Inglaterra, el que la autora, Judith, nombra como “libertad de expresión positiva”. Por su parte, el Profesor Ignacio Bel Mallén trata el eterno tema de la verdad en la información, en un momento en que es de especial preocupación, dada la tendencia censoria que están poniendo de manifiesto nuestros gobiernos y también los oligopolios de Internet. Si durante 2 décadas nadie ha dicho nada al respecto, de pronto el clamor es universal contra los oligopolios, la desinformación, las noticias falsas y la verificación de las noticias. Es tan extraño, como artificial, pero encaja. Esa es la realidad que vivimos y que presenta el Profesor Bel. En una línea similar, la Profesora Martínez Isidoro profundiza en la comunicación, en la transparencia y en los derechos que las acompañan, cuando se vive un contexto de crisis sanitaria, como está ocurriendo en la actualidad. El fracaso del Gobierno Sánchez a la hora de informar sobre la verdad en este terreno merece un análisis causal y una enumeración inductiva de situaciones que la autora realiza de frente. Los temas fundamentales no nos abandonan y por eso volvemos al Derecho de la Información, en esta ocasión, en Sudamérica, de la mano de Xavier Renan.
Se introduce en terrenos igual de relevantes Vicente Navarro Marchante, al abordar el concepto de “grupo político significativo” según la doctrina, menor, de la Junta Electoral Central, un órgano muy importante, pero igualmente desconocido, en general. La cuestión es clave para la democracia y en términos de pluralismo, algo significativamente trascendente en el derecho a la información. A su vez, el Profesor Cano Montejano analiza la nueva Directiva de Servicios Audiovisuales en relación con una aparente ilegalidad que se produce en la transposición normativa española del articulado relativo a las bebidas alcohólicas.
Por su parte, Ulises García Jociles se atreve a ahondar en los “Smart wills” o “testamentos inteligentes”, un tema iuscivilista pero con ribetes tecnológicos, por lo que le hemos hecho un justo hueco. María Isabel Puente Gallegos aborda la cuestión de género en el particular asunto de la discriminación laboral y cómo esto repercute en el derecho a recibir información por parte del sujeto universal. En la misma línea de abordar temas novedosos se encuentra la aportación de la Profesora Gutiérrez David quien vuelve a honrarnos con un sesudo trabajo sobre el papel de los algoritmos en nuestra vida y sus consecuencias, de todo tipo, para nuestros derechos fundamentales, entre ellos, el derecho a la información.
Finalmente, el Profesor Fernando Peinado y el periodista Betsabé Alhambra Molina vuelven al tema de las televisiones digitales terrenales, para cuestionar la práctica del servicio público en las actividades interactivas.
Esperamos y deseamos que este número aliente a muchos más lectores a suscribirse a la publicación, permitiéndonos continuar la defensa de la verdad y de la información con sinceridad y respeto.
© Vicente J. Navarro Marchante
Universidad de La Laguna (España)
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RESUMEN
Este trabajo analiza la posición que tiene la categoría de grupo político significativo respecto a su eventual participación en los debates electorales en los medios audiovisuales. Partiendo de la normativa aplicable se hace un análisis crítico de las resoluciones de la Junta Electoral Central en torno a la casuística generada por las diversas reclamaciones de los afectados en los últimos cinco años.