Rosa María García Sanz
Resumen
El art.20.1.b) CE podría se modificado o interpretado considerando su contenido de doble naturaleza, como derecho fundamental y como derecho de propiedad ordinario. Al mismo tiempo, constituye una garantía institucional que refuerza diversas realidades constitucionales.
Palabras clave
Derecho de autor y Constitución; derecho de autor en Internet; equilibrio de derechos y propiedad intelectual; copia privada y límites.