Pilar Cousido
Daniel Palacios-Alonso
Universidad Rey Juan Carlos
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M.P. Cousido-González
Universidad Complutense de Madrid
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Francisco Domínguez-Mateos
Universidad Rey Juan Carlos
Julio Guillén-García
Universidad Rey Juan Carlos
David Ortega-del Campo
Universidad Rey Juan Carlos
Cristina Conde
Universidad Rey Juan Carlos
Enrique Cabello
Universidad Rey Juan Carlos
Resumen
En la actualidad, el mundo gira en torno a las nuevas tecnologías digitales. Sin embargo, este hecho no carece de riesgos. Uno de ellos es la privacidad, que es un concepto claro pero no siempre respetado. Por lo tanto, desde el principio, es obligado el uso de protocolos eficientes o guías. Estas guías asegurarán los derechos de los ciudadanos sin socavar el uso de las nuevas tecnologías. La privacidad por diseño es un enfoque con una antigüedad de más de 20 años que busca proteger la vida privada de los ciudadanos. Para lograr esta ardua tarea, este marco legal define 7 conceptos básicos que aseguran, todo lo posible, consideraciones de privacidad desde el comienzo del diseño y desarrollo de las prácticas mercantiles, de los servicios, productos e infraestructuras. En este texto nos fijamos en el uso de este paradigma para alcanzar un desarrollo económico, social e institucional estable, en otras palabras, una buena gobernanza.
Adonis de la Cruz Vásquez
Universidad Complutense de Madrid
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Resumen
En la actualidad, la Inteligencia Artificial es una de las herramientas informáticas más poderosas y útiles que existen. Una de las redes sociales más populares hoy en día a nivel mundial, YouTube, hace uso de la IA para llevar a cabo tareas que van desde posicionar el contenido en la plataforma hasta eliminarlo de forma automatizada, con todos los problemas que conlleva.
(c)María Sáez de Propios
CEINDO (Escuela Internacional de Doctorado), CEU Universities
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RESUMEN
Este trabajo realiza un análisis de la confrontación entre la libertad de expresión y la protección del honor en las Redes Sociales. El objetivo del artículo es ponderar estos derechos y determinar las colisiones típicas entre ambos derechos, así como los riesgos específicos que presentan las RRSS para el honor de los usuarios. Para ello, repasamos la regulación jurídica existente en España sobre esta materia, así como los intentos de autorregulación y los que propiamente establecen las mismas RRSS en sus condiciones de uso, para por último establecer los retos y desafíos de las Redes Sociales en relación con la protección del honor.
Inteligencia artificial y ciberviolencia de género: el caso de la pornografía no consentida
15 Sep 2021Fredrick Vega-Lozada
Universidad Interamericana de Puerto Rico
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Resumen: work in progress
Si la pornovenganza lesiona la dignidad de las personas al basarse en la distribución de imágenes sexuales de una persona sin su consentimiento, las tecnologías que pueden multiplicar este fenómeno causarán un daño aún más irreversibles a las víctimas. En sentido contrario tecnologías como deep learning o machine learning podrían ayudar a suprimir las prácticas de pornovenganza. Es un tema nuevo sobre el que la bibliografía es escasa.
María Pilar Cousido González
Universidad Complutense de Madrid
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Resumen
MARTÍNEZ OTERO, JUAN MARÍA: “EL EJERCICIO DE LA POTESTAD SANCIONADORA DE LA ADMINISTRACIÓN EN EL ÁMBITO AUDIOVISUAL”, Tirant lo Blanch, Monografías, Valencia, 2021, 270 páginas, 29,90 EUROS.
Se trata de una obra a medio camino entre el Derecho Constitucional y el Derecho Administrativo. El autor prueba que se ha formado intensamente en Derecho Administrativo, lo que le permite juzgar la doctrina de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia –CNMC- así como la jurisprudencia de diversos tribunales con soltura y conocimiento de causa.
Ulises García Jociles
Universidad Complutense de Madrid
Resumen
Debido al desarrollo tecnológico, los intereses de empresas y particulares varían con el tiempo. En las últimas décadas, uno de los usos más extendidos es el de internet y, concretamente, el de las redes sociales. Algunos de los usuarios fallecen pasado un tiempo. Esto genera disputas respecto a los intereses de terceros familiares, las empresas que ofrecen el servicio y la intimidad del propio cuius. Es por ello que la normativa de la “herencia digital“ debe ser analizada. Una sentencia relevante para ello es el fallo del BGH de 12.07.2018.
De la libertad de expresión en España. Notas para el debate desde la jurisprudencia convencional
15 Sep 2021Ignacio Álvarez Rodríguez
Universidad Complutense de Madrid
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Resumen
El presente texto estudia las condenas dictadas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos contra el Reino de España por vulnerar el derecho fundamental a la libertad de expresión, reconocido en el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Una vez realizada una breve introducción a dicha norma, se exponen las diferentes condenas (desde los supuestos de hechos hasta el fallo alcanzado, pasando por la ratio decidendi empleada por el Tribunal), seguidas de un análisis basado en una serie de datos que confirman la hipótesis de partida: no cabe hablar en España de un riesgo estructural para la libertad de expresión.
Luis Gabriel Martínez Montenegro
Universidad Complutense de Madrid
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Resumen
Este trabajo tiene como objetivo ofrecer una visión actual sobre la libertad de expresión en España a través de la Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal para la protección de la libertad de expresión presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Comú, el 19 de febrero de 2021.
A pesar de lo desapercibida que ha pasado la Proposición, debido al contexto de pandemia mundial, dicha Proposición recoge una serie de cambios apoyados por multitud de organismos: desde el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la ONU y el Consejo de Europa hasta Amnistía Internacional. Entre los mentados cambios se halla la supresión de los artículos 490.3, 491, 504, 525 y 543 del Código Penal.
La Proposición llega en un año convulso en lo que se refiere a la libertad de expresión, alcanzando su clímax con el encarcelamiento del artista Pablo Hasél. Un caso que halla sus precedentes en otros casos como el de Otegi Mondragón, el “chumino rebelde”, el “coño insumiso” o la revista El Jueves. Por esto mismo, se vuelve una tarea necesaria la de analizar y hacerse eco mínimamente de unos cambios que, a pesar de ser criticables a causa de los intereses detrás de su elaboración, son cruciales para alcanzar el ideal perseguido de un Estado democrático de derecho garante de la libertad de expresión.
María Estrella Gutiérrez David
Universidad Complutense de Madrid
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Resumen
Existe un consenso amplio en que el uso de sistemas de IA por parte de las Administraciones públicas debe ser transparente y garantizar que los ciudadanos comprenden cómo y por qué se han adoptado las decisiones algorítmicas que les afectan individual o colectivamente. La legislación de transparencia puede y debe ser un instrumento para este propósito. Existe una doctrina bien asentada de las Autoridades de transparencia que considera que código fuente y los algoritmos (deterministas o predictivos) utilizados por la Administración constituye «información pública». Partiendo de esta premisa, la casuística comparada e interna del derecho de acceso a la información posibilita identificar algunos de los riesgos inherentes al uso de estos sistemas de IA por parte de las Administraciones: reglamentación oculta y errores; existencia de black boxes decisionales; sesgos embebidos y vulneraciones de derechos y libertades. Sin perjuicio de los eventuales límites legales que puedan concurrir (e.g. seguridad pública, propiedad intelectual e industrial), analizados en este trabajo, existe cierto consenso en que el derecho de acceso no siempre garantiza una total transparencia y comprensibilidad del proceso de toma de decisiones mediante sistemas de IA, especialmente, cuando estos utilizan modelos de black box. Es más, la noción misma de un black box como incapacidad de entender los resultados producidos por un sistema algorítmico comienza a ser expansiva, en el sentido de que el análisis de la casuística ahí donde el acceso al código fuente de algoritmos deterministas es objeto de litigio evidencia que ni los afectados por la decisión ni el juez son capaces de entender cómo el sistema llegó a tal decisión. Se constata, por último, que no existe una coincidencia exacta entre el significado técnico de la transparencia algorítmica manejado por la XAI y el significado jurídico de la transparencia administrativa propio del iuspublicismo. De lege ferenda, y a fin de garantizar una adecuada interpretabilidad, explicabilidad y justificación de las decisiones públicas adoptadas o apoyadas en sistemas de IA y el escrutinio público de las mismas, la legislación de transparencia debería determinar la información relevante que podría ser objeto de publicidad activa o del derecho de acceso e incorporar obligaciones de producción, conservación y registro de la documentación técnica relativa al ciclo de vida de tales sistemas.
Ricardo García Manrique
Universidad de Barcelona (España)
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Resumen
Las universidades españolas emiten en ocasiones declaraciones institucionales en las que se pronuncian a favor o en contra de determinadas causas políticas. En los últimos años se ha suscitado la cuestión de si las universidades están jurídicamente legitimadas para emitir este tipo de declaraciones. Uno de los conceptos normativos que esgrimen tanto los partidarios como los detractores de su legalidad es el derecho a la libertad de expresión. Los unos sostienen que la libertad de expresión justifica estas declaraciones. Los otros consideran que la libertad de expresión resulta dañada por ellas. En este ensayo exponemos y examinamos los argumentos de ambas partes.