Revista Internacional de Derecho de la Comunicación y de las Nuevas Tecnologías. SEMESTRAL. ISSN: 1988‐2629

Call for Papers 2024 y 2025:  envíos abstracts hasta 10 de junio 2024 (número octubre 2024) /Call for papers 2025: envíos abstracts hasta el 10 de diciembre de 2024 (número abril 2025)

DERECOM. Derecho de la Comunicación. - Elementos filtrados por fecha: Abril 2023

© Beatriz del Carmen Martínez Isidoro

Universidad Complutense de Madrid (España)

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Resumen

Este artículo indaga sobre los límites que actualmente tiene el poder ejecutivo (presidente del gobierno y ministros) para denegar el acceso a la información sobre su actividad pública y gubernamental con el argumento de la seguridad nacional.

Se analizarán algunos de los casos más destacados de conflictos entre la Administración Pública y los solicitantes de información, cuya petición de acceso les ha sido denegada por el riesgo para la seguridad nacional, con el fin de comprobar cómo los responsables públicos han aplicado este límite, buscando saber si la protección de la seguridad nacional está justificada y es proporcionada según las circunstancias de cada caso, tal y como establece la Ley de Transparencia para su aplicación.

Asimismo, se expondrán los criterios interpretativos que han establecido los órganos garantes de la transparencia, junto con los fundamentos jurídicos de los tribunales españoles, con respecto a la aplicación de este límite. La finalidad de este estudio es conocer si la denegación del acceso a la información pública está relacionada con la protección de la seguridad nacional, o si, en algunos casos, el interés público por conocer dicha información se ha visto perjudicado en favor de los intereses particulares de los titulares del gobierno, que invocaron este límite sin la adecuada justificación.

 

Publicado en Artículos de fondo

© Yolanda Betrán

Universidad de Zaragoza (España)

 

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Resumen

Este trabajo lo que pretende es analizar la actual normativa sobre secretos oficiales junto con sus intentos de modificación y los problemas que a los que se enfrenta la regulación vigente. Así mismo, pone de relieve cuál es el uso que se hace por parte del Estado de los secretos oficiales tanto en actos públicos como en la jurisprudencia. Finalmente, de forma breve, se exponen algunos de los casos más señalados de nuestra jurisprudencia en relación a la Ley de Secretos Oficiales.

Publicado en Artículos de fondo

© Carlos Sanz Díaz

Universidad Complutense de Madrid (España)

        

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Resumen

El artículo analiza los obstáculos que presenta la regulación de las materias clasificadas en España a la luz de los desarrollos normativos más recientes y, en particular, del Anteproyecto de Ley de Información Clasificada presentado por el Gobierno en agosto de 2022. El estudio inserta estos desarrollos en una tradición de desequilibrio entre la protección de la seguridad nacional a través del secreto de Estado y las garantías a la libertad de información, insuficientemente protegidas en el ámbito normativo y aquejadas igualmente de una marcada carencia de recursos humanos y materiales en los sistemas archivísticos del Estado. El análisis incide en los efectos negativos que esta realidad proyecta sobre la investigación histórica, en particular, la que explora la Guerra Civil, la Dictadura de Franco, la Transición y la actual Etapa Democrática, con repercusiones igualmente limitantes sobre el fortalecimiento de la democracia y la implementación de las leyes de Memoria Histórica y de Memoria Democrática.

Publicado en Artículos de fondo

© Aurelio Martín González[1]

Federación de Asociaciones de Periodistas (España)

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Resumen

La Federación de Asociaciones de Periodistas de España ha presentado alegaciones al anteproyecto de Ley de información Clasificada, en tiempo y forma, debido a su desacuerdo con el Gobierno en el procedimiento de la tramitación, y a la reivindicación del reconocimiento del Periodismo como soporte del derecho a recibir información para los ciudadanos, así como por la solicitud de la supresión de las categorías de catalogación “confidencial” y “restringido” o del régimen sancionador.

 


[1] Aurelio Martín es Vicepresidente Primero de la Federación de Asociaciones de Periodismo de España (FAPE). Este artículo de opinión refleja, autorizadamente, el punto de vista de FAPE.

Publicado en Opiniones

© Juan Luis López Aranguren

Universidad de Zaragoza (España)

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Resumen

Japón se enfrenta a importantes desafíos en materia de seguridad que vienen determinados por cuatro factores. El primero, la imposibilidad de tener ejército y declarar la guerra por el artículo 9 de su Constitución. El segundo, la amenaza nuclear de Corea del Norte. El tercero, las fricciones crecientes con una expansión de la influencia china. La cuarta y última, la relación con los Estados Unidos, marcada por el Tratado de Cooperación y Seguridad Mutuas de 1960. Estos cuatro factores hacen que, para Japón, sea de vital importancia generar una inteligencia estratégica que le permita prevenir y responder adecuadamente ante amenazas tanto externas como internas a su seguridad nacional. Sin embargo, la eficiencia de los servicios de inteligencia japoneses se ha enfrentado a la dificultad de que su desarrollo ha venido marcado por dos modelos contrarios: el centralizado de la Central de Inteligencia Americana (CIA), estadounidense, y el descentralizado del MI5 y MI6 británico. Esto, unido a la excesiva burocratización de la Administración Pública japonesa, ha alertado de la necesidad de una profunda reforma de los Servicios de Inteligencia de Japón. En este artículo se examinará el contexto legal, histórico y geopolítico de los Servicios de Inteligencia, las amenazas tanto internas como externas a los que se ha enfrentado y, finalmente, se ofrecerá una propuesta de reforma de los mismos que pueda ayudar a hacer frente a los desafíos actuales y futuros.

Publicado en Artículos de fondo

© Henar Alonso Rodríguez

Archivo General Militar de Ávila (Ministerio de Defensa)

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Resumen

El presente artículo analiza, desde el punto de vista de los profesionales de la gestión documental y de la archivística, la repercusión de la aún vigente Ley de Secretos Oficiales de 1968 y de las actuales Normas de Seguridad de la Información en el derecho de acceso a la información pública que contienen los documentos gestionados por los Archivos de la Administración General del Estado, así como los avances al respecto, derivados tanto de las autorizaciones ministeriales de acceso como de la reciente Ley de Memoria Democrática, y las perspectivas que genera el Anteproyecto de Ley de Información Clasificada, aún en trámite parlamentario.

Publicado en Artículos de fondo

© Carles San José Amat

San José Consultors

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Resumen

La normativa de transparencia ha afianzado el derecho a saber de la ciudadanía y, en particular, el derecho de acceso. Éste no es un derecho absoluto, sino que pueden concurrir determinados límites que restrinjan o limiten el acceso a información pública. Uno de los límites destacados es el relativo a la protección de datos personales, que exige en muchos casos realizar una ponderación entre ese derecho y el derecho de acceso a la información pública.

Publicado en Artículos de fondo

© Marc Carrillo

Universitat Pompeu Fabra (España)

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Resumen

El sistema democrático español tiene una asignatura pendiente que todavía no ha superado: una ley sobre los secretos oficiales que responda a las exigencias del Estado del Derecho. En el Anteproyecto presentado por el actual Gobierno se pretende adaptar la futura ley a los compromisos internacionales de España. Sin embargo, la regulación que se propone sobre el ámbito de las materias clasificadas como muy secreto y secreto adolece de indeterminación.

Publicado en Artículos de fondo

© Miguel Ángel Esteban-Navarro

Universidad de Zaragoza (España)

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Resumen

El objetivo de este artículo es identificar y analizar las principales estrategias y métodos de comunicación pública que realizan los servicios de inteligencia occidentales para adaptarse al nuevo marco de la sociedad de la transparencia en el tratamiento de su actividad y del secreto. La metodología consiste en un estudio exploratorio a partir de un análisis de la bibliografía sobre las relaciones de los servicios de inteligencia con los medios de comunicación durante casos de filtraciones masivas de secretos y de la observación de sus sedes webs y perfiles en las redes sociales. Los resultados muestran que los servicios de inteligencia llevan a cabo diversos métodos y técnicas de comunicación estratégica de modo combinado: tradicionales, como el silencio y las filtraciones interesadas; novedosos, como la ambigüedad en las declaraciones, los perfiles institucionales en internet y la orientación de la agenda pública y la creación de marcos de comprensión favorables mediante el recurso a expertos y programas de cultura de inteligencia; y la adaptación de las tradicionales operaciones encubiertas de información e influencia al nuevo entorno tecnológico. Todo ello con el fin de recuperar el control de la información sobre el secreto. Se concluye que existe el reto de construir un equilibrio entre seguridad nacional, transparencia y rendición de cuentas, basado en la confianza que aporta el control social de la actividad de los servicios de inteligencia, como complemento de los controles político, legislativo y judicial.

Publicado en Artículos de fondo
Viernes, 14 Abril 2023 00:00

Introducción al número 34 de la revista

Víctor Bello, Coordinador del  número 34 de www.derecom.com

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Mª del Pilar Cousido-González, Directora de www.derecom.com

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Introducimos el número 34 de nuestra revista con la satisfacción de informar a nuestros lectores de que www.derecom.com La Revista del Derecho de la Información y de las Nuevas Tecnologías ha sido admitida en el Catálogo de Revistas UCM en el mes de enero de 2023. Desde el año 2001 hemos realizado una labor ingente que nos permite afirmar que la nuestra es la primera revista centrada en el Derecho de la Información y, posiblemente, la única en España. Los activos de la revista pueden verse en el apartado "Introducción a la revista", por lo que no vamos a repetirlos. Ahora es tiempo de continuar trabajando para trasladarno al servidor UCM y para simultanear en los próximos 2 años la edición de 4 números que nos permitan al cabo del plazo que se nos da adoptar plenamente el sistema OJS. A nuestros lectores, gracias por seguirnos. A nuestros autores, gracias por su confianza; a nuestros árbitros, cuya labor desinteresada es impagable, gracias sinceras; a nuestro Comité Editorial, gracias igualmente por las ideas y por aportar tanto a nuestra reputación. Finalmente, al Equipo de Redacción, felicidades. 

 

Este número comenzó a fraguarse, como de costumbre, el mismo día en que se publicó el número anterior. La elección de un tema específico, la seguridad nacional y el acceso a la información pública, con su corolario: los secretos de Estado, y de un coordinador concreto, Víctor Bello, fue la consecuencia de que, por fin, un Gobierno de España se atreviera a redactar un borrador de Ley de Secretos Oficiales, aunque fuera bajo la denominación de Ley de Información Clasificada, así como por el descubrimiento de la ingente labor desarrollada por el coordinador de este número en torno a la documentación, los documentalistas y el acceso a los archivos. Compartir dos jornadas, en 2022, sobre el acceso a la información en Teguise (Lanzarote) con un puñado de especialistas de distintas disciplinas, todos brillantes, fue un aliciente para la preparación del número.

 

Ha sido, sin embargo, difícil encontrar académicos o profesionales del Derecho, en particular, que hayan trabajado, y que estuvieran dispuestos a presentar su punto de vista sobre alguno de los temas propuestos y desarrollados bajo el epígrafe genérico arriba señalado. El carácter explorador del coordinador y el tesón del coordinador del número y de la directora de la revista permitieron identificar a Beatriz Martínez Isidoro, Carlos Sanz Díaz, Marc Carrillo, Miguel Ángel Esteban, Henar Alonso, Carles Sanjosé i Amat, Yolanda Betrán y Juan Luis López Aranguren  como juristas, archiveros o, en general, docentes universitarios y/o investigadores con conocimiento de causa y dispuestos a verterla, en forma de artículos de fondo,  en el número 34 de www.derecom.com.

 

Tampoco fue sencillo localizar a opinadores de prestigio habituales en los medios de comunicación, como es el caso de  Aurelio Martín González, por la Federación de Asociaciones de Periodistas de España, que tuvieran una opinión ya formada sobre el anteproyecto de ley de información clasificada o sobre alguno de los temas relativos a ella.

 

Creemos haber logrado ofrecer una visión comparada, histórica, teórica y práctica sobre el derecho de acceso a información institucional, desde diversas perspectivas formales: la jurídica, la documental, la sociológica y la política.

 

Como ha señalado nuestro coordinador, la gestión de la información, y los documentos que la contienen, ha estado durante siglos sujeta al secreto. En tiempos pasados, ni tan siquiera era necesario clasificar la información, en tanto que ésta estaba disponible únicamente para quienes ejercían el poder y no era necesario justificar la inaccesibilidad a la misma; más al contrario, si cualquier particular deseaba acceder debía justificar la petición, que podía ser rechazada sin problema alguno. Si bien éstas son cuestiones que se alejan de cualquier sistema democrático que debe velar por el derecho de los ciudadanos a acceder al conocimiento de los modos en que actúan sus gobernantes y las administraciones que regentan; motivo suficiente para que el acceso a la información, a los documentos y a los archivos esté perfectamente regulada. Con esto, los ciudadanos pueden saber qué documentos existen y dónde se encuentran, aunque durante un plazo convenido de tiempo no puedan acceder a ellos.

 

 

La cuestión es que España carece de una ley de archivo estatal que los regule, así como el acceso a los mismos, lo que viene provocando desde los inicios de la democracia actual un sinnúmero de problemas, tanto a ciudadanos de a pie como a historiadores y periodistas que quieren poner a disposición de todos un conocimiento crucial para entender nuestra historia reciente. En este sentido, todos han topado hasta ahora con el mismo problema: la Ley 9/1968, de 5 de abril, de Secretos Oficiales. A su amparo, todo lo que en nuestro país se ha clasificado ha quedado vedado casi in aeternum. Una situación que ha derivado en la constante petición de modificación de dicha ley, a lo que todos los gobiernos habidos hasta el momento no se han querido enfrentar, por más que hablaran de la necesidad de un nuevo marco legislativo.

 

La esperanza estaba puesta en esta legislatura, toda vez que parecía haber acuerdo en provocar el ansiado cambio en lo referido a secretos oficiales. En este contexto, no hace mucho que se ha publicado el Anteproyecto de Ley de Información Clasificada, contestado desde diversos ámbitos por la falta de justificación de su urgencia y por las controversias y contradicciones suscitadas por su articulado. En la misma Exposición de Motivos se dice que la información es un valor indispensable para el desenvolvimiento de las actividades que llevan a cabo particulares y poderes políticos; pero esta información no es algo abstracto, sino que está recogida en documentos que se custodian en archivos, como han remarcado diversas asociaciones y federaciones de archiveros en las alegaciones que han presentado a esta ley, y, por tanto, debería regularse de qué forma se gestionarán dichos documentos, amén de no poder ser juez y parte quien clasifica, de modo que la desclasificación dependa de los mismos agentes que quisieron colocar un velo de secreto sobre determinados documentos, sino que debe depender de un organismo independiente. Igualmente, se insiste en que la temporalidad de la clasificación debería ser más breve que la establecida en el anteproyecto.

 

En definitiva, no parece que los cambios que esta ley propone vayan a ser muy significativos. Muchos episodios de nuestra Historia reciente seguirán siendo desconocidos, muchos documentos seguirán ubicados en lugares ignotos, el conocimiento de demasiados asuntos se podrá perder en la noche de los tiempos y, entre tanto, como suele ocurrir con el uso y abuso del secreto, se dará paso a la elucubración y a la desconfianza por parte de la ciudadanía hacia quienes gobiernan, mientras que los historiadores tendrán que seguir recurriendo a archivos extranjeros para estudiar nuestra Historia reciente, lo que no deja de ser un sinsentido.

 

A tenor de las noticias surgidas en la prensa desde que se anunció dicho anteproyecto de ley, y de las alegaciones presentadas junto a las críticas planteadas desde diversas perspectivas, parece evidente que la nueva ley puede tener un nacimiento prematuro y arriesgado, por lo que se hace necesario un análisis más profundo sobre el cambio requerido por especialistas en la materia a quienes los dirigentes deben atender para garantizar una ley moderna, democrática y que no contravenga asuntos tan cruciales como las normas internacionales de derechos humanos, entre ellos, el derecho a la información y el derecho de acceso a información.

 

A las cuestiones mencionadas se suman otras de igual calado y paralelas, como son el citado derecho a la información y la seguridad nacional; la libertad de expresión y la seguridad nacional; el derecho de acceso a información pública vs la seguridad nacional; la OTAN y la seguridad nacional; Hong Kong y la seguridad nacional; la información confidencial en los Estados Unidos; la guerra y la información clasificada se dedica el número 34 de nuestra revista.  Todos estos temas se ofrecieron como líneas de trabajo que, en gran parte, han quedado recogidas en este número. Esperemos que les ayuden a forjar su opinión sobre el Anteproyecto de Ley de Información Clasificada.

 

              

 

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