Revista Internacional de Derecho de la Comunicación y de las Nuevas Tecnologías. SEMESTRAL. ISSN: 1988‐2629

Call for Papers 2023:  envíos abstracts hasta 30 de mayo 2023 (número octubre 2023) /Call for papers 2023: envíos abstracts hasta 31 de diciembre de 2023 (número abril 2024)

Tomás Páez¹
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Resumen


La libertad de expresión, de comunicar libremente opiniones e ideas es un derecho humano fundamental y uno de los pilares sobre los que se sustenta la democracia. Sin libertad de expresión no existe la libertad de prensa (escrita, radial, audiovisual y digital) y por esta razón está indisolublemente ligada a la libertad de información, a la libertad académica y a la democracia. Nadie discrepa de esta afirmación. Es un derecho que todos dicen defender de modo irrestricto. Como mostraremos, hay perspectivas de análisis que conducen a estrategias y acciones que, amparadas en el manto de la libertad de expresión, la secuestra y asfixia. Ésta se convierte en pretexto y en su nombre se cometen desmanes que eliminan la democracia y la propiedad, las condiciones que hacen posible el ejercicio de este derecho humano.

Los que a nombre de la libertad la aniquilan, coinciden en resaltar y reclamar una decidida y abierta intervención del Estado, representante del “interés común”. Los grados de intervención varían, desde el extremo en el que el Estado se asume como el responsable del control de la comunicación y de los medios y criterios que la hacen posible, hasta la intervención por razones morales y a nombre de causas nobles como la paz, la convivencia y el desarrollo sano de los niños y jóvenes, que finalmente sólo son pretextos para regular la libertad de expresión e interferir con la propiedad.

Mostramos la fragilidad de los argumentos y las nefastas consecuencias de la intervención del Estado, ya que no resulta recomendable ni aceptable que el gobierno determine lo que se puede ver, escribir, leer o pensar. La existencia de medios privados independientes de la decisión del Estado, constituye un componente esencial de la democracia y en tal sentido no es negociable. La crítica a la propiedad privada, como obstáculo al ejercicio de la libertad de expresión, es una forma de atacar una de las bases de la democracia y la libertad. Las consecuencias de no disponer de información actualizada, de distintas fuentes de información y expresión, se hacen sentir en todos los ámbitos sociales y económicos.

Se analizan los enfoques y perspectivas acerca de la libertad de expresión que resultan irreconciliables, y las propuestas y acciones que de ellas se derivan. En el centro de la polémica están las definiciones acerca del papel de la propiedad, la empresa, la democracia y el que se asignan al Estado y al gobierno. Se presentan las posturas autoritarias, hegemónicas y totalitarias y su antípoda, las posturas democráticas y libertarias. Asimismo, se hace una breve caracterización actual de los déficits democráticos de los países de la región y los impactos que han sufrido medios y comunicadores en países latinoamericanos. Se incluye en el análisis las consecuencias de las prácticas en el ámbito de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación: espacios radioeléctricos, audiovisuales y digitales.

Estamos persuadidos de que el sistema más apropiado para el desarrollo humano es el que propicia los mayores grados de libertad. La frase de Tocqueville encierra el sentido de esta investigación “Habría amado la libertad, creo yo, en cualquier época, pero en los tiempos que vivimos me siento inclinado a adorarla”. (Tocqueville, A:.2002)

Presentamos el nuevo número de la revista Derecom en el que se publican interesantes trabajos e investigaciones en los que se aborda el Derecho de la Información desde diferentes perspectivas. Con carácter internacional gracias a la colaboración de docentes e investigadores de distintos países, en este número contamos con artículos que abordan cuestiones de máxima actualidad como la investigación que presenta Isabel Fernández Alonso, en el marco de dos proyectos de i+d+i financiados por el Ministerio de Ciencia e Innovación. En este trabajo, la autora analiza a fondo el caso español en cuanto a los recortes presupuestarios en las radiotelevisiones públicas de carácter autonómico.

Por su parte, Juan M. Martínez Otero, a partir del revuelo mediático generado en Yébenes hace unos meses, se plantea las respuestas que ofrece el ordenamiento jurídico español ante el fenómeno del sexting, lo que se conoce como el envío -normalmente a través de Internet o mediante un dispositivo móvil- de imágenes de contenido sexual producido o protagonizado por el emisor. En esta misma línea, Hélder Rocha Prior introduce algunos problemas relacionados con la mediatización de la justicia y su intromisión en la vida privada. El autor considera que el periodismo de investigación se convierte en un periodismo muckraking, publicando informaciones íntimas de personajes públicos, incidiendo de manera directa en la profusión de escándalos mediáticos.

El artículo de Elisa García Mingo forma parte del trabajo empírico puesto en marcha en Chile durante este mismo año. Su reflexión incide sobre el el lugar que ocupa el Derecho a la Información en el Movimiento Mapuche de reivindicación de los derechos colectivos de este Pueblo de la Tierra, a través de los medios de comunicación. Otro trabajo en este mismo ámbito es el de Thalita V. Castelo Branco Nunes Silva y Tamires Ferreira Coêlho y sus aportaciones sobre las radios comunitarias en Brasil y su importancia para la promoción de los Derechos Humanos.

También en el presente número, Tomás Páez Bravo publica un artículo sobre la libertad de expresión, el libre acceso a la información y la libertad de prensa como derechos fundamentales e irrenunciables sobre los que se debe sustentar la democracia. Así mismo, Juan-Francisco Torregrosa Carmona y Joaquín López del Ramo retoman el tema de la caracterización de la libertad de comunicación pública en el marco del ordenamiento jurídico español, con especial atención a los límites que se deben cumplir para garantizar el derecho a la intimidad personal y familiar, la privacidad y la propia imagen.

La abogada de ICAM, Emma Arbeloa, desarrolla un trabajo en torno al derecho a la información alimentaria, una aisgnatura pendiente de la sociedad de libre mercado. El académico peruano Tomás Atarama, quien ha colaborado en números anteriores de la revista, formula una propuesta para la delimitación del derecho humano a la comunicación.

Por último, la reseña de Ángela Moreno Bobadilla de El portavoz en la comunicación de las organizaciones. Fundamentos teórico- prácticos (2012) resume algunos de los principales temas abordado en esta obra colectiva acerca de la figura del portavoz y su relevante papel de informador de cara a la opinión pública. Coordinado por Alfredo Arceo, Doctor en Ciencias de la Información y Profesor de la UCM, este libro contó con la colaboración de diversas personalidades académicas que han intervenido en diferentes capítulos, entre los que destacamos el de Pilar Cousido, editora de Derecom y Directora del Grupo de Investigación TRABUCOM, en el que ofrece su punto de vista sobre la importancia de que los portavoces conozcan la perspectiva jurídica en la que desarrollan su labor profesional.

M.Pilar Cousido González
Leticia Porto Pedrosa

 

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