Revista Internacional de Derecho de la Comunicación y de las Nuevas Tecnologías. SEMESTRAL. ISSN: 1988‐2629

Call for Papers 2023:  envíos abstracts hasta 30 de mayo 2023 (número octubre 2023) /Call for papers 2023: envíos abstracts hasta 31 de diciembre de 2023 (número abril 2024)

Pilar Cousido

Pilar Cousido

Profesora titular de Derecho de la información en la Universidad Complutense de Madrid desde 1994.
URL del sitio web: http://www.derecom.com

Regina Santiago Núñez*

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Fragmento

Los retos que afronta el ciudadano del siglo XXI son distintos a los que, en su momento, enfrentaron los ciudadanos de los siglos XIX y XX. Sin embargo, hay diversos puntos de intersección que nos permiten conectar con aquellos que nos antecedieron; independencia y revolución son conceptos que deben redefinir su significado de acuerdo con las nuevas circunstancias. Entonces, como ahora, el buen periodismo se constituye en pilar para la formación de la conciencia social.

El propósito de este texto es promover una reflexión que parta de las siguientes premisas e interrogantes: Si la calidad del periodismo se relaciona directamente con la calidad de la democracia, ¿qué tipo de información periodística requiere el ciudadano del siglo XXI para tomar buenas decisiones y mejorar sus prácticas sociales? ¿Qué compromisos debe asumir el ciudadano en su relación con los medios informativos, con el gobierno y con la sociedad en su conjunto? ¿Qué derechos y qué deberes hay que priorizar en estas circunstancias? ¿Cuál es la relación que los ciudadanos debemos establecer con los instrumentos tecnológicos a nuestro alcance?

Tomemos pues este breve ensayo, "Twitter y la formación de audiencias críticas", como punto de partida para una reflexión que necesariamente habrá de abarcar, posteriormente, otros campos.  Independencia y revolución como motores de la construcción de la democracia.

Antonio García Martínez

José Enrique Hernández Sanz*

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Resumen

El derecho a la libertad de información, sigue suscitando estudios y llamadas de atención ya bien avanzado el siglo XXI. Internet ha permitido abrir la frontera para pasar de una información oscurantista a otra, al menos, de mayor transparencia, sin embargo, el control, de una u otra manera, aún sigue existiendo. Se sigue apelando al derecho universal que tiene y posee todo ciudadano a ser informado y a poder expresarse libremente, se sigue proclamando para los medios de comunicación independencia, que ejerzan su función libremente, con el fin de que las ideas puedan ser plurales a la vez que responsables y acordes a una ética profesional. Este artículo pretende un primer acercamiento a las normas que vienen regulando dicha libertad, principalmente en España.

Palabras clave: Libertad de información, periodismo, nuevas tecnologías de la información. Derecho de la información.

Antonia Salvador Benítez*

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Resumen

La convergencia tecnológica de las industrias de contenidos y redes digitales de información y comunicación en el sector audiovisual obligan a una revisión de las funciones y la gestión de los archivos audiovisuales de televisión. En esta nueva realidad hay dos funciones que están especialmente afectadas, la preservación y el acceso a la información. En este trabajo se exponen los principales antecedentes conceptuales y contextuales que definen los archivos audiovisuales como servicio y se  revisa la política de conservación y acceso en los archivos de televisión en España atendiendo al marco jurídico existente sobre la materia. Se plantean los principales desafíos de la digitalización -presentes ya en los procesos de almacenamiento,  tratamiento, difusión y acceso- el valor estratégico de los archivos audiovisuales en los nuevos servicios interactivos y contenidos multimedia de la televisión digital así como las posibilidades que ofrece el nuevo entorno para la promoción y difusión del patrimonio audiovisual a través de distintas plataformas.

Palabras clave: archivos audiovisuales, archivos de televisión, digitalización, preservación, acceso, difusión de información

Manuel Blázquez Ochando*

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Resumen

La rápida evolución de la tecnología en la web ha propiciado que áreas de conocimiento arraigadas y vinculadas a la gestión, regulación y tratamiento de la información, como la documentación y el derecho, queden relegadas a un plano de inferioridad en cuanto a control y ponderación de tales avances. Es el caso de la web semántica o la sindicación de contenidos en relación con el control de los derechos de explotación de sus contenidos, enmarcados en el ámbito del derecho a la información. Para ello se elabora un marco reflexivo sobre los fundamentos tecnológicos, documentales y jurídicos que permitan trabajar sobre los derechos de explotación en la web.

Palabras clave: Derecho de la información, web semántica, sindicación de contenidos

Isabel Serrano Maíllo*

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Resumen

Cuando se va a abordar el tema de la televisión y la infancia, automáticamente pensamos que se trata de analizar los programas infantiles o cómo la programación televisiva puede ser perniciosa para nuestros niños, pero hay otra cuestión de gran importancia cuando hablamos de los menores y la televisión y se trata del derecho a la propia imagen de aquéllos cuando se enfrentan al ámbito televisivo.  En este trabajo vamos a dar las pautas de cómo deben comportarse los medios en relación con la imagen de los menores, ya sean anónimos, famosos o hijos de personajes de relevancia pública. Para ello analizaremos las leyes relativas al derecho a la propia imagen, las referentes a menores y haremos especial hincapié en la Instrucción 2/2006, enviada por el Fiscal General del Estado a sus fiscales, indicándoles cómo debe ser su actuación ante aquellas situaciones en las que el derecho a la propia imagen de algún menor pueda verse comprometido. El objetivo es determinar cuáles son las pautas que deben seguir los medios de comunicación para poder publicar la imagen de un menor sin vulnerar sus derechos fundamentales.

Manuel Sánchez de Diego*

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Fragmento

Cuando se analiza el grado democrático de una sociedad siempre se puede hacer desde una perspectiva optimista –la botella está medio llena- o pesimista –la botella está medio vacía. Incluso se puede emplear un análisis temporal de la situación y la normativa –la botella en el pasado estaba más llena o más vacía.
Según entendemos hay una prueba imprescindible para comprobar la salud democrática de un estado, sociedad o comunidad: la libertad de expresión que efectivamente existe en esa sociedad. Ésta es la prueba real de un sistema democrático. De nada sirve que los ciudadanos sean llamados a votar cada poco tiempo, si su voto se deposita de forma ciega y mediatizada por el poder, si su capacidad de queja es ahogada en aras del interés público o si el pluralismo político de los medios de comunicación es inexistente. Indudablemente cuando se niega la libertad de expresión porque se es extranjero, se tiene la piel de un determinado color o porque lo que se dice es incómodo al poder, en este caso, el nivel democrático de esa comunidad es prácticamente cero, aunque el gobernante -ya tirano- haya sido elegido por el pueblo, pues aunque exista legitimidad de origen, no hay legitimidad de ejercicio.
En este sentido, la legitimidad democrática depende en gran medida del grado de libertad real de una sociedad. Ello comienza por la existencia y vigencia de una constitución en donde se conjuguen los principios de libertad e igualdad. Si no fuera así, el gobernante elegido no actuaría dentro de un marco democrático. Por eso cuando un gobernante coarta la libertad de información, trata de eliminar a los rivales políticos y modifica la normativa básica del Estado, incluyendo la Constitución, los indicios señalan la muerte de la democracia. Así planteado desde un punto de vista teórico puede aplicarse en el año 2009 a varios países, incluso a algunos hispanohablantes.
La trascendencia de una comunicación pública libre y, en concreto, sobre el papel que los profesionales de la información desempeñan en una sociedad libre es un tema esencial en los sistemas auténticamente democráticos. Comencemos por analizar lo que ocurre en nuestra propia casa, centrándonos en cómo la Constitución española recoge esa libertad a una comunicación pública libre. En este sentido, varias son las preguntas que nos permitimos hacernos: ¿Debe citarse a la profesión periodística en las normas fundamentales de los Estados? ¿Se menciona a la profesión periodística en la Constitución española? ¿En qué términos se recoge la función de informar en nuestra norma suprema? ¿Significa el reconocimiento constitucional de la función de informar una "patente de corso" o un privilegio en favor del periodista?

Estrella Gutiérrez David 

Gema Alcolea Díaz*

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Resumen

Bajo la perspectiva del telos democrático que conforma la propia naturaleza de la libertad de expresión, debe afirmarse que lógicamente esta naturaleza institucional ya clásica en la doctrina española y comparada condiciona irremediablemente la legitimidad constitucional de la comunicación ideológica. En conexión íntima con la libertad de expresión ideológica, uno de los aspectos más insatisfactoriamente resueltos por la jurisprudencia constitucional es la contradicción evidente que implica el discurso del odio con el sistema de valores democrático. La vis persuasiva consustancial a la comunicación ideológica, al margen de voluntad querida o no querida del emisor, hace suscitar las dudas sobre la legitimidad de un discurso que, bajo distintas categorías (apología del delito, discriminación), tiene un denominador común, la violencia, y un efecto inmediato, su justificación, generando así espacios de impunidad para ciertos atentados contra la vida y la integridad de las personas.

Palabras clave: Democracia, libertad de expresión, discurso del odio, apología, discriminación.

Manuel de Santiago Freda*

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Resumen

El artículo hace un balance sobre los avances y retrocesos de la transparencia en la Administración Pública Audiovisual de España durante los últimos cinco años. Para ello, parte de una definición doctrinal y legislativa de ésta, así como de los rasgos de transparencia que se traducen en principios y políticas que acompañan el quehacer del conjunto. Estos planteamientos constituyen elementos de contraste de la realidad, cuya descripción se desprende del análisis de los resultados de dos instrumentos de medición: una encuesta a los agentes públicos y privados del sector audiovisual y el análisis de sus páginas web, espacios en los que se hacen visibles la transparencia y la opacidad. El artículo extrae conclusiones puntuales por cada uno de los rubros estudiados.

Palabras clave: Transparencia, buen gobierno corporativo, publicidad institucional, concesiones de televisión privada, administración pública audiovisual.

Concepción Calvo Herrera*

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Fragmento

El pasado 18 de diciembre de 2009 se estrenó en España la esperada película de James Cameron "Avatar", film proyectado en 35 mm y digital 3 D que ha batido todos los récords de taquilla y ha colmado las expectativas de sus productores y distribuidores.

Con un presupuesto de 300 millones de dólares, Cameron esperó algunos años para poder realizar este proyecto pues la tecnología que pretendía utilizar en el film no estaba aún desarrollada. La película producida por 20 Century Fox y distribuida en nuestro país por su filial española, Hispano Foxfilm ha salido al mercado con 770 copias, de las cuales 225 han sido en digital. Si tenemos en cuenta que en nuestro país el parque de salas de exhibición es de 3875 pantallas, "Avatar" ha ocupado durante semanas el 19 por ciento de las pantallas, estrenos lanzados en "Wide release", lanzamientos masivos que con un solo título apenas dejan hueco para otras cinematografías como la española o comunitaria.

(c) Xavier O'Callaghan Muñoz*

 

Fragmento

Se necesitaba un ensayo que recogiera opiniones sobre un tema primordial en la sociedad en la que vivimos, y, sin duda, el libro que acaba de publicarse lo es. Doce profesores/as dan testimonio de un tema apasionante y clarificador, como son las palabras arrolladoras de la Profesora María del Pilar Cousido desde los inicios, concretamente, en la introducción, con el rótulo de “Razón del ser del tema”, cuando escribe: “…los propietarios y gestores de medios audiovisuales que incumplen la norma vigente ocultando datos, en la actual sociedad de la información, sobre la empresa y sobre los medios, que, en la práctica, permitirían explicar, entre otras muchas cosas, el sentido de una línea editorial, legítima, deseable y determinante, son como herreros que, en su propia casa, alardean, por irrisorio que parezca de un tosco cuchillo de palo y, frente a terceros, esgrimen un amenazador cuchillo acerado… “ (pág. 17). La nitidez expresiva es elocuente y probablemente encuentre réplica. Pero la disidencia siempre aporta lucidez. La influencia de los medios audiovisuales-viene a decir- es desproporcionada; aquí radica el estudio “iusinformativo”.

 

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