Revista Internacional de Derecho de la Comunicación y de las Nuevas Tecnologías. SEMESTRAL. ISSN: 1988‐2629

Call for Papers 2023:  envíos abstracts hasta 30 de mayo 2023 (número octubre 2023) /Call for papers 2023: envíos abstracts hasta 31 de diciembre de 2023 (número abril 2024)

Pilar Cousido

Pilar Cousido

Profesora titular de Derecho de la información en la Universidad Complutense de Madrid desde 1994.
URL del sitio web: http://www.derecom.com

Vivimos tiempos raros, turbulentos, marcados por la pandemia, a nivel mundial. En España, la impresión de desorganización política, de crisis económica y de desencanto social parece cada vez más profunda. Así, por ejemplo, son muchos los frentes abiertos al derecho a la información y a la libertad de expresión: las previsiones normativas y los fallos judiciales sobre seguridad nacional, sobre fake news y desinformación, sobre publicidad del juego, las condenas a artistas por sus letras, sobre injurias a la Corona, ofensas religiosas, expresiones de odio, etc… Precisamente sobre estos últimos delitos y su actual tipificación y, al parecer, su previsible destipificación, escribe Luis Gabriel Martínez Montenegro. También centra su reflexión en la libertad de expresión el Profesor Ricardo García Manrique, quien se fija en el discurso político en la universidad, en un ejercicio exegético oportuno y centradísimo. Que la preocupación por la libertad de expresión es inmensa queda patente cuando un tercer artículo mira hacia el tema desde la perspectiva jurisprudencial, lo que hace atinadamente el también Profesor Ignacio Álvarez Rodríguez. Y, sin haber presentado este número como un monográfico sobre la mencionada libertad de expresión, un cuarto artículo aborda el tema desde la perspectiva de los límites en Internet y es lo que hace la investigadora María Sáez de Propios.

La transición que, en nuestro número 31, marca este último trabajo hacia lo digital es seguida por el estudio sobre la herencia digital que realiza Ulises García Jociles con su análisis de una sentencia del Tribunal Supremo alemán concerniente a un caso que afectó a Facebook. La Profesora Estrella Gutiérrez David indaga en el acceso al código fuente y los algoritmos públicos, en el contexto de una Administración inteligente. Por su parte, Daniel Palacios, Pilar C. González, Francisco Domínguez, Julio Guillén, David Ortega, Cristina Conde y Enrique Cabello nos ofrecen una perspectiva multidisciplinar, en parte, tecnológica, en parte, jurídica, sobre la privacidad por diseño y su repercusión en el buen gobierno. Fredrick Vega-Lozada presenta sus primeros pasos de una investigación en curso sobre la pornovenganza, la ciberviolencia de género y la inteligencia artificial (IA). La IA en el algoritmo de Youtube es objeto de estudio por parte del investigador Adonis de la Cruz Vásquez.

En el terreno de las críticas de libros, apartándonos de estos dos temas centrales, encontramos la recensión de la obra de Juan María Martínez Otero sobre los procedimientos administrativos, sancionadores, en el ámbito audiovisual, un utilísimo trabajo sobre la doctrina de la Comisión Nacional de Mercados y de la Competencia.

Se perfilan una vez más las áreas de interés para nuestros autores y para nuestros lectores: cada vez más, lo digital, pero sin olvidar el audiovisual. Y ahora, genéricamente, la libertad de expresión, un derecho cuyo horizonte lejos de verse despejado aparece políticamente emborronado.

Gracias por acompañarnos un número más. Disfruten de estos trabajos.

© María Estrella Gutiérrez David

Universidad Complutense de Madrid (España)

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Resumen

Existe un consenso amplio en que el uso de sistemas de IA por parte de las Administraciones públicas debe ser transparente y garantizar que los ciudadanos comprenden cómo y por qué se han adoptado las decisiones algorítmicas que les afectan individual o colectivamente. La legislación de transparencia puede y debe ser un instrumento para este propósito. Existe una doctrina bien asentada de las Autoridades de transparencia que considera que código fuente y los algoritmos (deterministas o predictivos) utilizados por la Administración constituye «información pública». Partiendo de esta premisa, la casuística comparada e interna del derecho de acceso a la información posibilita identificar algunos de los riesgos inherentes al uso de estos sistemas de IA por parte de las Administraciones: reglamentación oculta y errores; existencia de black boxes decisionales; sesgos embebidos y vulneraciones de derechos y libertades. Sin perjuicio de los eventuales límites legales que puedan concurrir (e.g. seguridad pública, propiedad intelectual e industrial), analizados en este trabajo, existe cierto consenso en que el derecho de acceso no siempre garantiza una total transparencia y comprensibilidad del proceso de toma de decisiones mediante sistemas de IA, especialmente, cuando estos utilizan modelos de black box. Es más, la noción misma de un black box como incapacidad de entender los resultados producidos por un sistema algorítmico comienza a ser expansiva, en el sentido de que el análisis de la casuística ahí donde el acceso al código fuente de algoritmos deterministas es objeto de litigio evidencia que ni los afectados por la decisión ni el juez son capaces de entender cómo el sistema llegó a tal decisión. Se constata, por último, que no existe una coincidencia exacta entre el significado técnico de la transparencia algorítmica manejado por la XAI y el significado jurídico de la transparencia administrativa propio del iuspublicismo. De lege ferenda, y a fin de garantizar una adecuada interpretabilidad, explicabilidad y justificación de las decisiones públicas adoptadas o apoyadas en sistemas de IA y el escrutinio público de las mismas, la legislación de transparencia debería determinar la información relevante que podría ser objeto de publicidad activa o del derecho de acceso e incorporar obligaciones de producción, conservación y registro de la documentación técnica relativa al ciclo de vida de tales sistemas.

© Fernando Peinado y Miguel

Universidad Complutense de Madrid

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© Betsabé Alhambra Molina

Universidad Complutense de Madrid

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Resumen

Cuando se lanzó la TDT se dudó si la televisión continuaría como servicio público. La TDT suponía evitar la brecha digital y acercar a la ciudadanía a la alfabetización tecnológica. Este estudio analiza el proyecto Alcázar Digital TDT (2002-2010) diseñado para probar numerosas aplicaciones interactivas y facilitar el acceso a la información de la administración, a la formación o a los negocios. La metodología parte de un estudio empírico sobre la realidad objeto de estudio, y se acomete una segunda tarea documental orientada a la localización de referencias sobre la TDT, sobre todo, en el proyecto en cuestión. Los resultados ofrecen respuestas claras sobre la aportación de una TDT con servicios interactivos, que podrían haberse extrapolado al conjunto de la sociedad: una mayor socialización y ruptura de la brecha digital, que habría ayudado mucho más en un momento como, por ejemplo, el padecido por la COVID19.

 

© Beatriz del Carmen Martínez Isidoro

Universidad Complutense de Madrid

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Resumen

En momentos de crisis, los gobiernos deben tomar medidas extraordinarias de manera rápida y urgente. Este hecho puede conllevar la limitación de ciertos derechos y libertades de los ciudadanos y, por este motivo, la comunicación del Ejecutivo debe ser más rigurosa, caracterizándose por cumplir con una serie de requisitos que le permitan cumplir tanto con las necesidades informativas de la sociedad, como con las obligaciones que les exigen las normas de transparencia y Derecho de la Información.

La situación provocada por la pandemia de la Covid-19 ha permitido comprobar la necesidad que existe dentro de estos escenarios caóticos y de incertidumbre de garantizar la transparencia y el derecho de acceso a la información pública con el fin de proteger a la ciudadanía, evitando la expansión de bulos y desinformaciones, especialmente en un contexto político y social donde se demanda la colaboración de la población para gestionar la crisis.

En el estudio realizado se analizan las obligaciones que la normativa sobre derecho a la información y transparencia exige al Gobierno y a la Administración Pública incluso en situaciones de emergencia, y cuál ha sido su actuación como fuentes de información y comunicación durante el estado de alarma. El objetivo de este análisis es comprobar si el Gobierno ha garantizado el derecho a la información veraz de los españoles y si ha actuado respetando los principios de transparencia durante la gestión de la crisis.

© José Carlos Cano Montejano

Universidad Complutense de Madrid

Resumen

Este artículo se centra en la transposición para España de la Directiva 2018/1808, del Parlamento y del Consejo, de 14 de diciembre de 2018; este arduo proceso ha suscitado algunas dudas relevantes en relación con las potestades del Estado miembro respecto a su incorporación al ordenamiento jurídico interno de determinados elementos recogidos en la misma. Además, esta norma tiene un carácter transversal, ya que va a afectar a todos los medios audiovisuales: publicidad y actividades comerciales, difusión, distribución de contenidos y también respecto a la disponibilidad de los programas.

De esta forma, este trabajo engloba un análisis de Derecho comparado, que va más allá de las repercusiones a nivel interno, poniendo de manifiesto aquellos elementos que han sido regulados de manera distinta en otras jurisdicciones, en particular, algunas relacionadas con elementos de la publicidad que son distintivos y básicos en la misma, y respecto de los que se han suscitado las dudas más relevantes; todo ello, desde la perspectiva de la ponderación del margen de maniobra y de discrecionalidad del que necesariamente disfruta el Estado miembro a la hora de transponer, pero buscando un equilibrio con los elementos indisponibles de la normación europea, para que no se produzca una diferenciación ilegítima en relación con otros sistemas jurídicos de otros miembros de la UE, para lograr una mejor adaptación de la Directiva al espacio nacional correspondiente.

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© Ulises García Jociles

Universidad Complutense de Madrid

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Resumen

La tecnología forma parte de nuestro día a día, ofreciendo ventajas en muchos sectores. El presente artículo intenta explicar, cómo los procesos tecnológicos (ya existentes) pueden ayudar a agilizar el Derecho, pero más concretamente el Derecho Sucesorio. Para ello se tomará como referencia la norma continental principal: el Reglamento Europeo 650/2012.

© María Isabel Puente Gallegos

Universidad de Valencia (España)

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Resumen

Ante la creciente violencia que sufren las periodistas por la naturaleza de sus labores y su género, ellas se han visto forzadas a generar resistencias que contribuyen a la configuración del trabajo periodístico. Diez periodistas feministas de radio, televisión, revistas y prensa mexicanas fueron entrevistadas para conocer cuáles son las formas de resistencia que practican ante la violencia que perciben en sus trabajos. La hipótesis planteada es que estas violencias de las que son objeto lesionan el derecho a la información de las audiencias. Factores como el patriarcado y el capitalismo agravan dicha problemática.

© Vicente J. Navarro Marchante

Universidad de La Laguna (España)

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RESUMEN 

Este trabajo analiza la posición que tiene la categoría de grupo político significativo respecto a su eventual participación en los debates electorales en los medios audiovisuales. Partiendo de la normativa aplicable se hace un análisis crítico de las resoluciones de la Junta Electoral Central en torno a la casuística generada por las diversas reclamaciones de los afectados en los últimos cinco años.

© Ignacio Bel Mallén

Universidad Complutense de Madrid (España)

Resumen

La información sigue siendo, después de muchos y azarosos siglos, el fundamento esencial que ha dado lugar a la profesión periodística, siendo su razón de ser poder servir de nexo de unión entre la realidad externa y el conocimiento de los ciudadanos. Después de muchos años, y en lo que se refiere a nuestro país, la información atraviesa momentos de fuerte confusión en los tres sectores que la componen: periodistas, empresarios y público, lo que está llevando, en opinión de muchos profesionales, a una eventual desaparición de la profesión como ha sido entendida en las últimas décadas o, al menos, a una desvirtuación de sus fines proclamados desde el principio de su existencia.

En estas breves páginas, cuyo desarrollo más extenso se puede encontrar en mi libro Ética Informativa en la Era de la Posverdad, de pronta aparición, se analizan estas causas desde tres prismas fundamentales: las notas determinantes de la información, como son la verdad y la objetividad; la deontología informativa, como fundamento moral y ético de la actividad informativa y la posverdad, con su hermana gemela, las fake news, que suponen los verdaderos y más graves ataques a la información en estos momentos, en su línea de flotación, la verdad informativa.

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© Judith Townend

University of Sussex(Reino Unido)

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FRAGMENT

(...) Este capítulo se sirve del marco positivo de la libertad de expresión y de argumentos normativos recogidos en esta obra para enfrentarse a estas preguntas y sugerir cómo el poder judicial y sus funcionarios deberían comunicar públicamente qué sucede en los tribunales. Al aceptar la premisa de que hay deberes positivos en el Estado que insiste en que todos y cada uno están capacitados para ejercer sus derechos de cara a apoyar diversos entornos de  expresión y que la libre expresión positiva es un elemento central existente junto a preocupaciones sobre los límites legales de la expresión, se propone un camino dirigido a un mayor refuerzo de la libre expresión positiva en sede judicial (...).

 


 

 

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