Revista Internacional de Derecho de la Comunicación y de las Nuevas Tecnologías. SEMESTRAL. ISSN: 1988‐2629

Call for Papers 2023:  envíos abstracts hasta 30 de mayo 2023 (número octubre 2023) /Call for papers 2023: envíos abstracts hasta 31 de diciembre de 2023 (número abril 2024)

Pilar Cousido

Pilar Cousido

Profesora titular de Derecho de la información en la Universidad Complutense de Madrid desde 1994.
URL del sitio web: http://www.derecom.com

© Marc Carrillo

Universitat Pompeu Fabra (España)

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Resumen

El sistema democrático español tiene una asignatura pendiente que todavía no ha superado: una ley sobre los secretos oficiales que responda a las exigencias del Estado del Derecho. En el Anteproyecto presentado por el actual Gobierno se pretende adaptar la futura ley a los compromisos internacionales de España. Sin embargo, la regulación que se propone sobre el ámbito de las materias clasificadas como muy secreto y secreto adolece de indeterminación.

© Miguel Ángel Esteban-Navarro

Universidad de Zaragoza (España)

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Resumen

El objetivo de este artículo es identificar y analizar las principales estrategias y métodos de comunicación pública que realizan los servicios de inteligencia occidentales para adaptarse al nuevo marco de la sociedad de la transparencia en el tratamiento de su actividad y del secreto. La metodología consiste en un estudio exploratorio a partir de un análisis de la bibliografía sobre las relaciones de los servicios de inteligencia con los medios de comunicación durante casos de filtraciones masivas de secretos y de la observación de sus sedes webs y perfiles en las redes sociales. Los resultados muestran que los servicios de inteligencia llevan a cabo diversos métodos y técnicas de comunicación estratégica de modo combinado: tradicionales, como el silencio y las filtraciones interesadas; novedosos, como la ambigüedad en las declaraciones, los perfiles institucionales en internet y la orientación de la agenda pública y la creación de marcos de comprensión favorables mediante el recurso a expertos y programas de cultura de inteligencia; y la adaptación de las tradicionales operaciones encubiertas de información e influencia al nuevo entorno tecnológico. Todo ello con el fin de recuperar el control de la información sobre el secreto. Se concluye que existe el reto de construir un equilibrio entre seguridad nacional, transparencia y rendición de cuentas, basado en la confianza que aporta el control social de la actividad de los servicios de inteligencia, como complemento de los controles político, legislativo y judicial.

Víctor Bello, Coordinador del  número 34 de www.derecom.com

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Mª del Pilar Cousido-González, Directora de www.derecom.com

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Introducimos el número 34 de nuestra revista con la satisfacción de informar a nuestros lectores de que www.derecom.com La Revista del Derecho de la Información y de las Nuevas Tecnologías ha sido admitida en el Catálogo de Revistas UCM en el mes de enero de 2023. Desde el año 2001 hemos realizado una labor ingente que nos permite afirmar que la nuestra es la primera revista centrada en el Derecho de la Información y, posiblemente, la única en España. Los activos de la revista pueden verse en el apartado "Introducción a la revista", por lo que no vamos a repetirlos. Ahora es tiempo de continuar trabajando para trasladarno al servidor UCM y para simultanear en los próximos 2 años la edición de 4 números que nos permitan al cabo del plazo que se nos da adoptar plenamente el sistema OJS. A nuestros lectores, gracias por seguirnos. A nuestros autores, gracias por su confianza; a nuestros árbitros, cuya labor desinteresada es impagable, gracias sinceras; a nuestro Comité Editorial, gracias igualmente por las ideas y por aportar tanto a nuestra reputación. Finalmente, al Equipo de Redacción, felicidades. 

 

Este número comenzó a fraguarse, como de costumbre, el mismo día en que se publicó el número anterior. La elección de un tema específico, la seguridad nacional y el acceso a la información pública, con su corolario: los secretos de Estado, y de un coordinador concreto, Víctor Bello, fue la consecuencia de que, por fin, un Gobierno de España se atreviera a redactar un borrador de Ley de Secretos Oficiales, aunque fuera bajo la denominación de Ley de Información Clasificada, así como por el descubrimiento de la ingente labor desarrollada por el coordinador de este número en torno a la documentación, los documentalistas y el acceso a los archivos. Compartir dos jornadas, en 2022, sobre el acceso a la información en Teguise (Lanzarote) con un puñado de especialistas de distintas disciplinas, todos brillantes, fue un aliciente para la preparación del número.

 

Ha sido, sin embargo, difícil encontrar académicos o profesionales del Derecho, en particular, que hayan trabajado, y que estuvieran dispuestos a presentar su punto de vista sobre alguno de los temas propuestos y desarrollados bajo el epígrafe genérico arriba señalado. El carácter explorador del coordinador y el tesón del coordinador del número y de la directora de la revista permitieron identificar a Beatriz Martínez Isidoro, Carlos Sanz Díaz, Marc Carrillo, Miguel Ángel Esteban, Henar Alonso, Carles Sanjosé i Amat, Yolanda Betrán y Juan Luis López Aranguren  como juristas, archiveros o, en general, docentes universitarios y/o investigadores con conocimiento de causa y dispuestos a verterla, en forma de artículos de fondo,  en el número 34 de www.derecom.com.

 

Tampoco fue sencillo localizar a opinadores de prestigio habituales en los medios de comunicación, como es el caso de  Aurelio Martín González, por la Federación de Asociaciones de Periodistas de España, que tuvieran una opinión ya formada sobre el anteproyecto de ley de información clasificada o sobre alguno de los temas relativos a ella.

 

Creemos haber logrado ofrecer una visión comparada, histórica, teórica y práctica sobre el derecho de acceso a información institucional, desde diversas perspectivas formales: la jurídica, la documental, la sociológica y la política.

 

Como ha señalado nuestro coordinador, la gestión de la información, y los documentos que la contienen, ha estado durante siglos sujeta al secreto. En tiempos pasados, ni tan siquiera era necesario clasificar la información, en tanto que ésta estaba disponible únicamente para quienes ejercían el poder y no era necesario justificar la inaccesibilidad a la misma; más al contrario, si cualquier particular deseaba acceder debía justificar la petición, que podía ser rechazada sin problema alguno. Si bien éstas son cuestiones que se alejan de cualquier sistema democrático que debe velar por el derecho de los ciudadanos a acceder al conocimiento de los modos en que actúan sus gobernantes y las administraciones que regentan; motivo suficiente para que el acceso a la información, a los documentos y a los archivos esté perfectamente regulada. Con esto, los ciudadanos pueden saber qué documentos existen y dónde se encuentran, aunque durante un plazo convenido de tiempo no puedan acceder a ellos.

 

 

La cuestión es que España carece de una ley de archivo estatal que los regule, así como el acceso a los mismos, lo que viene provocando desde los inicios de la democracia actual un sinnúmero de problemas, tanto a ciudadanos de a pie como a historiadores y periodistas que quieren poner a disposición de todos un conocimiento crucial para entender nuestra historia reciente. En este sentido, todos han topado hasta ahora con el mismo problema: la Ley 9/1968, de 5 de abril, de Secretos Oficiales. A su amparo, todo lo que en nuestro país se ha clasificado ha quedado vedado casi in aeternum. Una situación que ha derivado en la constante petición de modificación de dicha ley, a lo que todos los gobiernos habidos hasta el momento no se han querido enfrentar, por más que hablaran de la necesidad de un nuevo marco legislativo.

 

La esperanza estaba puesta en esta legislatura, toda vez que parecía haber acuerdo en provocar el ansiado cambio en lo referido a secretos oficiales. En este contexto, no hace mucho que se ha publicado el Anteproyecto de Ley de Información Clasificada, contestado desde diversos ámbitos por la falta de justificación de su urgencia y por las controversias y contradicciones suscitadas por su articulado. En la misma Exposición de Motivos se dice que la información es un valor indispensable para el desenvolvimiento de las actividades que llevan a cabo particulares y poderes políticos; pero esta información no es algo abstracto, sino que está recogida en documentos que se custodian en archivos, como han remarcado diversas asociaciones y federaciones de archiveros en las alegaciones que han presentado a esta ley, y, por tanto, debería regularse de qué forma se gestionarán dichos documentos, amén de no poder ser juez y parte quien clasifica, de modo que la desclasificación dependa de los mismos agentes que quisieron colocar un velo de secreto sobre determinados documentos, sino que debe depender de un organismo independiente. Igualmente, se insiste en que la temporalidad de la clasificación debería ser más breve que la establecida en el anteproyecto.

 

En definitiva, no parece que los cambios que esta ley propone vayan a ser muy significativos. Muchos episodios de nuestra Historia reciente seguirán siendo desconocidos, muchos documentos seguirán ubicados en lugares ignotos, el conocimiento de demasiados asuntos se podrá perder en la noche de los tiempos y, entre tanto, como suele ocurrir con el uso y abuso del secreto, se dará paso a la elucubración y a la desconfianza por parte de la ciudadanía hacia quienes gobiernan, mientras que los historiadores tendrán que seguir recurriendo a archivos extranjeros para estudiar nuestra Historia reciente, lo que no deja de ser un sinsentido.

 

A tenor de las noticias surgidas en la prensa desde que se anunció dicho anteproyecto de ley, y de las alegaciones presentadas junto a las críticas planteadas desde diversas perspectivas, parece evidente que la nueva ley puede tener un nacimiento prematuro y arriesgado, por lo que se hace necesario un análisis más profundo sobre el cambio requerido por especialistas en la materia a quienes los dirigentes deben atender para garantizar una ley moderna, democrática y que no contravenga asuntos tan cruciales como las normas internacionales de derechos humanos, entre ellos, el derecho a la información y el derecho de acceso a información.

 

A las cuestiones mencionadas se suman otras de igual calado y paralelas, como son el citado derecho a la información y la seguridad nacional; la libertad de expresión y la seguridad nacional; el derecho de acceso a información pública vs la seguridad nacional; la OTAN y la seguridad nacional; Hong Kong y la seguridad nacional; la información confidencial en los Estados Unidos; la guerra y la información clasificada se dedica el número 34 de nuestra revista.  Todos estos temas se ofrecieron como líneas de trabajo que, en gran parte, han quedado recogidas en este número. Esperemos que les ayuden a forjar su opinión sobre el Anteproyecto de Ley de Información Clasificada.

 

              

© Laura López de la Franca López

Universidad Complutense de Madrid

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Jesús María González Barahona, Catedrático del área de Ingeniería Telemática en la Universidad Rey Juan Carlos, impartió el pasado viernes, 2 de diciembre de 2022, una conferencia en la Facultad de Informática de la Universidad Complutense de Madrid.

La conferencia se basó en el software libre. En primer lugar, Barahona hizo una pequeña referencia acerca de los derechos de autor, puesto que cuando produces y creas un programa, tienes los derechos sobre ese programa, a través de la licencia. La licencia, explicó el conferenciante, es el permiso que cede al autor el programa, existiendo muchos tipos de licencias, como por ejemplo la BSD o la Creative Commons. El software libre carece de copyright. No tiene por qué ser gratuito, pero el usuario tiene libertad sobre ese programa para usarlo, copiarlo, modificarlo y distribuirlo a su gusto. Eso permite a los millones de desarrolladores del mundo ampliar sus posibilidades y expandir saber y conocimiento.

Barahona recalcó que el software libre es omnipresente en la industria y muy pocos lo entienden, incluso muy pocos le prestan atención. Cuando se libera un software, se da permiso a todo el mundo para usarlo. El autor otorga permiso de uso sin limitaciones en la redistribución, de estudio y modificación y de redistribución de versiones modificadas. Esto último resulta fundamental. También resulta imprescindible la disponibilidad del código fuente. Todas las licencias tienen consecuencias. Si se da el caso, por ejemplo, de que un proyecto no cumpla las funciones que los usuarios piden, puede llegar otro y modificarlo.

En el mundo del software libre, existen dos motivos que explican esta liberalidad. Por un lado, encontramos el motivo ético, al considerar el software un recurso básico de la humanidad, basada la argumentación en que “ (…) las cosas deberían ser así”. Por otro lado, tenemos el motivo práctico, utilizado en primer lugar por las empresas con el objetivo de ganar dinero, basado en que “(…) las cosas funcionan así mejor”.

Las licencias son irrevocables. Se puede disponer de licencia libre y privativa a la vez. La licencia libre se puede distribuir libremente, mientras que la privativa priva al usuario de ciertos derechos en el uso o propósito de uso, acceso al código fuente, modificación, distribución o distribución de modificaciones. Hay que tener en cuenta que, en ocasiones, las licencias repercuten en el propio modelo de negocio de la empresa.

Según Barahona, el software libre también tiene sus consecuencias, así, la sostenibilidad, siendo un modelo radicalmente distinto con el objetivo de conseguir el suficiente dinero. El modo de sostenibilidad es algo muy importante a la hora de crear un proyecto.

Otra consecuencia es la apertura del software, que puede modificarse, inspeccionarse, estudiarse, distribuirse por medio nuevos canales y nuevos métodos, desarrollarse con modelos “sorprendentes”, el mantenerse y soportarse, siendo una verdadera competencia y seguridad. Para el mantenimiento y el soporte existe mucha competencia en el mercado, puesto que en cualquier momento puede llegar otra persona y modificarlo para conseguir cierta mejoría. En cuanto a la seguridad, la seguridad por trasparecía resulta favorable para todos, según Barahona.

Barahona terminó resaltando la existencia de dos mecanismos que se encuentran trabajando a la vez en el marco del software libre: la competencia y la cooperación. Concluyó el Catedrático atribuyendo al software libre la condición de modelo de transparencia neutro.

 

© Laura López de la Franca López

Universidad Complutense de Madrid

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El pasado viernes, 25 de noviembre de 2022, Inmaculada López, psicóloga y profesora de Psicología Diferencial y del Trabajo en la Universidad Complutense de Madrid, impartió en la Facultad de Informática de la Universidad Complutense, una conferencia acerca de las fakes news y la desinformación.

"Las fake news, los bulos y la información falsa siempre han existido como mecanismo para influir en otros y desestabilizar", comienza explicando Inmaculada López.

En primer lugar, la desinformación es aquella información verificablemente falsa que se crea y divulga para engañar deliberadamente a la población o con fines lucrativos. Este tipo de información puede causar un perjuicio público.

La conferenciante recalcó durante la hora y media cómo la desinformación es una amenaza en todos los sentidos, sobre todo para las democracias puesto que dificulta que los ciudadanos tomen decisiones informadas. La desinformación, además de ser una amenaza, incentiva el conflicto social. Uno de los principales problemas de la desinformación son las redes sociales, ya que se está viendo agravado dicho problema por el rápido crecimiento de estas. Como dato, la ira es la emoción que predomina en las redes. Podemos decir que la ira moviliza; nos resulta más atractivo, por ejemplo, leer en Twitter un comentario de alguien quejándose acerca de algo que leer en Twitter un poema.

En España existen actualmente 25 millones de usuarios en internet, de los cuales el 90% de la población, de entre 16 y 65 años, son víctimas de la desinformación. Podríamos afirmar que las personas hemos cambiado el periódico por las redes sociales. Esto se debe a que 4 billones se personas utilizan actualmente las redes para mantenerse informadas. Las redes sociales se han convertido en la primera fuente de noticias. Según un estudio, solo 3 de cada 10 usuarios de internet son conscientes de cómo les llega cierta información a través de las redes. El resto desconoce la procedencia. La Unión Europea puso en marcha, el 26 de abril de 2018, un Plan contra la desinformación, plan que exponía como amenazas los procesos democráticos y bienes públicos. Para hacer frente a este fenómeno, la Comisión Europea estableció un Plan de Acción para la lucha contra la desinformación, aprobado el 5 de diciembre de 2018.

La conferenciante recuerda que “Las especies que sobreviven no son las más fuertes, sino aquellas que se adaptan mejor al cambio” (Darwin, 1859). A propósito de esta afirmación, señala que las personas constantemente construimos la realidad sin tener todos los datos y esto se debe al instinto de supervivencia. Interpretamos lo que pensamos que vemos sin tener la información suficiente. Inmaculada López explicó cómo interpretamos de acuerdo con lo que pensamos y conocemos a través de las leyes de la Gestalt. Estas leyes son una serie de reglas que explican el origen de las percepciones a partir de estímulos.

Existe un factor importante, según explicaba Inmaculada, y es el atractivo de la desinformación. El primer responsable de hacer atractiva la desinformación es la propia naturaleza y nuestro cerebro. Nuestro cerebro es vulnerable porque es limitado y no tiene acceso a toda la información, lo que se conoce como economía cognitiva. Las personas somos resistentes a reconocer que somos vulnerables y que procesamos la información a través de un cerebro perezoso. La desinformación es considerada un problema de primer orden.

Además de la limitación del cerebro, tenemos que tomar decisiones continuamente. El cerebro toma atajos heurísticos, por lo que tiende a sesgar. Los heurísticos son atajos mentales a los cuales las personas recurrimos para simplificar la solución de problemas cognitivos. Por lo general, cuando hablamos de evolución nos olvidamos de la adaptación de procesos mentales.

Daniel Kahneman, psicólogo israelo-estadounidense, usa la heurística para afirmar que las decisiones no son tan racionales como pensamos, sino que son más emocionales y esto se debe a dos sistemas. Por un lado, está el sistema rápido intuitivo y, por otro lado, el reflexivo y analítico.

Las personas nos quedamos con la información que consideramos relevante. Cuando recibimos información, tendemos a seleccionar en el cerebro la información que consideramos relevante. Inmaculada, con este apunte, hizo pensar a las personas presentes en la conferencia, proponiendo un problema matemático creado por Daniel Kahneman: Una bola y un bate cuestan 1,10 euros. El bate cuesta un euro más que más que la bola. ¿Cuánto cuesta la bola?Con este problema, la primera respuesta que se te viene a la mente son 10 céntimos. Lo que distingue este sencillo problema es que evoca una respuesta intuitiva pero incorrecta. Si haces la cuenta podrás comprobar que si la bola costase 10 céntimos, entonces el total sería 1,20 euros (10 céntimos de la bola y 1,10 del bate) y no 1,10 euros. La respuesta correcta por lo tanto sería 5 céntimos.

Antonio Damásio, reconocido neurocientífico y médico neurólogo, afirma que en primer lugar se plantea una decisión y después se forman los escenarios en el cerebro. Antonio Damásio considera que es muy importante que aprendamos a considerar que las emociones y los sentimientos son dos cosas distinta, y que las primeras preceden a las segundas.

Inmaculada nos mostró cómo la información que recibimos puede causarnos varios tipos de efectos. Por un lado, está el efecto de anclaje que es un sesgo cognitivo que describe la tendencia a confiar demasiado en la primera información ofrecida al tomar decisiones, como ocurre con las rebajas. Por otro lado, encontramos el efecto de encuadre, este efecto es un fenómeno psicológico por el cual una misma información presentada de forma distinta da lugar a conclusiones diferentes. También existe el efecto halo, que lo que provoca es un error asociado a personas que no cuentan con datos suficientes y poseen elevada incertidumbre al emitir sus juicios.

Las personas también nos encontramos sesgadas. Así, está el sesgo de autoridad, por el cual las personas se fían firmemente de la información que emite alguien que se encuentra al mando; el sesgo de disponibilidad, en el que una persona estima la probabilidad de ocurrencia de un evento, sobre la base de su experiencia relacionada con un cierto caso de ese evento; y el sesgo de confirmación, por el cual las personas tienden a favorecer, buscar e interpretar la información que confirma las propias creencias dando menos consideración a posibles alternativas.

Por último, la conferenciante destacó que las personas somos animales sociales y es por lo que necesitamos vivir en grupos, grupos que de una manera u otra nos acaban posicionando.

Como conclusión, para evitar la propagación de este tipo de información, además de recurrir a plataformas de fact checking, existen algunas otras vías para poder detectarla. Por ejemplo, comprobar que la URL no es sospechosa y se corresponde con algún medio o plataforma reconocible, leer el resto de la noticia, es decir, no quedarse únicamente con el titular, ya que tenemos que tener en cuenta que los titulares se ponen de manera que la gente haga clic sin pensarlo. Y, por último, aplicar un pensamiento crítico y buscar mas fuentes de información de todo tipo para poder resaltar el contenido que haya llegado.

"El deseo, e incluso podríamos decir que el placer, de que una información confirme mis creencias y me reafirme es muy poderoso. Está relacionado con el sentimiento de identidad y de pertenencia al grupo. Por eso los mecanismos de fact checking son necesarios pero no suficientes”, concluye Inmaculada López.


 

 

  

© Laura López de la Franca López

Universidad Complutense de Madrid

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Yolanda Quintana, periodista, cofundadora y secretaria general de la Plataforma por la Libertad de Información (PLI) y cofundadora y directora de comunicación de Cocampo, impartió, el pasado viernes, 2 de noviembre de 2022, una conferencia en la Facultad de Ingeniería Informática de la Universidad Complutense de Madrid acerca de los nuevos límites a los que se enfrenta la libertad de expresión en internet.

Durante su carrera profesional, Yolanda Quintana se ha dedicado a analizar el impacto de Internet en el activismo y en las organizaciones. Podemos observar su trayectoria en su libro Ciberactivismo: Las nuevas revoluciones de las multitudes conectadas (Catarata, 2012) y en su otro libro Ciberguerra (Catarata, 2016).

El pilar central de la conferencia es que las libertades en internet se encuentran en claro retroceso. El retroceso llega desde diferentes vías, como sería, por ejemplo, hacer humor en redes sociales, con un claro caso como fue el de Cassandra, una chica de 21 años que publicó libremente en la red social Twitter una serie de tuits en los cuales hacía bromas acerca de la muerte de Carrero Blanco. A consecuencia de este acto, la chica de 21 años fue condenada a un año de prisión.

Otros retrocesos que encontramos serían, por ejemplo, criticar a las instituciones en Internet, documentar con el móvil actuaciones policiales, organizar movilizaciones a través de internet o practicar el hacktivismo. El hacktivismo consiste en la realización de actos, normalmente maliciosos, en Internet con el objetivo de promover una serie de ideas políticas, religiosos o sociales.

Yolanda explicó cómo la alteración de webs en modo de protesta queda incluida en los delitos informáticos. También, los ataques puntuales de denegación de servicios. Del mismo modo,  desafíos como la regulación de internet en asuntos del tipo de la lucha contra la desinformación y los delitos de odio, la defensa de la competencia y el pluralismo, la transparencia de los algoritmos o la reforma del copyright en Europa están amenazando el entorno digital, que durante décadas se consideraba más descentralizado.

Las nuevas normas aumentan la brecha del copyright, imponiendo ciertos límites, así publicar filtraciones, el derecho al olvido y el derecho a la información, la desinformación y los nuevos ataques o la privacidad y el secreto de las comunicaciones. Estos límites traen consigo una serie de prácticas de publicidad invasivas. En cuanto al derecho al olvido, Yolanda afirmó que las personas acusadas de corrupción tienen defensa legal y digital. Uno de los elementos para expresarse es asegurarse de que se está protegido, es decir, que no haya rastreo, pero cada vez hay más rastreadores y sus comunicaciones se encuentran menos protegidas. La Ley Orgánica 3/2018 se encarga de que nuestra actividad digital se encuentre dentro de unas garantías procesales y que exista regulación en las medidas de investigación tecnológica.

La conferenciante ha explicado cuáles son las amenazas y cómo se puede actuar frente a ellas, teniendo en consideración que internet ha sido una amenaza y las primeras amenazas fueron administrativas.

Como había dicho al principio, Yolanda Quintana es la cofundadora y secretaria general de la Plataforma por la Libertad de Información (PLI). Esta plataforma es una organización independiente dedicada a la defensa de la libertad de expresión y del derecho a la información. La plataforma se dedica a denunciar y frenar cualquier ataque contra los mismos. Formada por medios de comunicación, organizaciones de periodistas, organizaciones de abogados y organizaciones sociales y universales, la PLI se ha convertido en una referencia en cuanto a las denuncias de las vulneraciones contra la libertad de expresión e información en España. La conferenciante afirmaba Lo que termina afectando a nuestras decisiones es lo que llega al BOE.

Desde PLI defienden los derechos digitales haciendo visibles las amenazas a través de informes con el principal objetivo de intentar influir en el Parlamento Europeo. La plataforma maneja una serie de herramientas para monitorizar los ataques a la libertad de expresión, se posicionan en la movilización social, es decir, realizan un posicionamiento estratégico. PLI hace alegaciones ante un Decreto Ley, es decir, a través de una norma con rango de ley, de carácter provisional, dictada por el Gobierno cuando concurre una circunstancia de extraordinaria y urgente necesidad. Yolanda marcó las diferencias entre Decreto Ley, Ley Orgánica y Ley ordinaria para poder entender el frente de actuación.

Internet ha supuesto nuevas posibilidades para el activismo y la comunicación sociopolítica, un mayor control y escrutinio de poderes puesto que antes únicamente está en mano de los  periodistas. La tecnología ha permitido nuevas formas de organización, un nuevo ecosistema informativo y nuevas formas de movilización social.

Yolanda nos presentó la Digital Services Act (Norma de Servicios Digitales), un nuevo cambio de paradigma que afronta una serie de retos que se han resuelto a través de normas. La DSA tiene como objetivo crear un espacio digital seguro donde los derechos fundamentales de los usuarios se encuentren protegidos. El 16 de noviembre de 2022, los grandes oligopolios de Internet están obligados a presentar técnicas de MODERACIÓN (control) de sus contenidos. La Norma de Servicios Digitales será directamente aplicable en toda la Unión Europea a partir del 1 de enero de 2024 por tratarse de un Reglamento.

El primer reto es el propio cambio del paradigma. El segundo reto es luchar contra el copyright y el tercero es luchar contra la desinformación. Un gran poder conlleva una gran responsabilidad repitió Yolanda en varias ocasiones. Los nuevos límites de copyright suponen también un cambio en el paradigma, en la clasificación de los prestadores de servicios de intermediación como proveedores de los contenidos aportados por sus usuarios. La desinformación es una de las mayores preocupaciones de los países democráticos, puesto que detrás de la desinformación se encuentran, en numerosas ocasiones, estrategias para manipular a la opinión pública y erosionar la estabilidad de las instituciones y de los Estados. La lucha contra la desinformación trajo consigo la elaboración de un Plan de Acción con el objetivo principal del desarrollo de capacidades en el seno de la Unión y fortalecer la cooperación entre sus Estados miembros. El Plan de Acción, además, incluye una serie de medidas para hacer frente a la desinformación durante ciertos procesos.

La DSA tiene un fin legítimo, persigue el principio de legalidad a través de normas claras y concisas y el principio de recuperar la libertad de expresión. La conferenciante puso como ejemplo lo ocurrido con los dos jóvenes titiriteros que exhibieron en 2016 una pancarta en la que se podía leer “Gora Alka- ETA” durante una función infantil en una plaza de Madrid. Los dos jóvenes pasaron su primera noche en prisión, seguidamente el juez les imputó el delito por enaltecer el terrorismo.

Digital Services Act no impone una obligación general de control y supervisión de los contenidos. Recoge peticiones que la LPI viene planteando en lo relativo a la MODERACIÓN y retirada de contenido por parte de las plataformas como, por ejemplo, que se les impongan obligaciones de transparencia o la existencia de cauces  sencillos y accesibles para que los usuarios tengan la posibilidad de reclamar. Las plataformas por muy privadas que sean, están obligadas a seguir  estos cauces aclaraba Yolanda.

La conferenciante nos comentó cómo la DSA prevé que las grandes plataformas evalúen los riesgos sistémicos que genera el mal uso de las mismas. Una vez identificados estos riesgos, las plataformas deben tomar las medidas necesarias para mitigarlos.

© Laura López de la Franca López

Universidad Complutense de Madrid

El pasado viernes, 21 de octubre, Andoni Alonso, especialista en el filósofo analítico L. Wittgenstein, ofreció una conferencia acerca de “Luddismo” en la Facultad de Informática de la Universidad Complutense de Madrid. Andoni, partidario del trabajo colectivo, reivindica un luddismo sofisticado.

El conferenciante, mostrándose como un filósofo de la tecnología o mejor dicho un crítico de ella, comenzó hablando sobre Leonardo Da Vinci, sacando su lado como ingeniero, con el objetivo de mostrar cómo diseñaba con errores evidentes para el entendimiento de los demás, siendo uno de los primeros ludditas.

La tecnología forma parte de nuestra cultura radical” afirmaba Andoni Alonso. El filósofo mostró que cuanto más peso cobraba la tecnología, el malestar en las personas era mayor. Por ello aplica la ética, en el sentido de reivindicar la capacidad de acción humana, siendo la tecnología también un acto de acción. A principios del siglo XIX, los trabajadores y trabajadoras vieron peligrar sus condiciones laborales debido al uso masivo de las máquinas en tareas, por ejemplo, agrícolas. Este uso masivo de máquinas hizo que las jornadas laborales fueran más duraderas y costosas, provocando una reducción en la demanda de mano de obra y, como consecuencia, salarios inferiores. Los trabajadores y trabajadoras entraron en acción, destruyeron la maquinaria de las fábricas, lo que conocemos como movimiento luddita. La rebelión de los ludditas implantó el pánico en las grandes empresas y terratenientes, ya que contemplaban el movimiento como un verdadero peligro tanto para sus empresas como para sus beneficios. “Había más ejército persiguiendo a los ludditas que a Napoleón”, añadió Andoni.

Andoni Alonso comentaba que el desarrollo tecnológico estaba basado en la fe, en un progreso sin cuestiones, es decir, esperanza en el progreso. Karl Marx, padre de la economía política, decía que los ludditas luchan contra el progreso, progreso que solo producía riqueza. Los ludditas sospechaban que esa evolución no era lo que les habían contado. Desde el punto de vista político, según Snow, el movimiento partía de 2 culturas, la humanística y la científica, donde los humanistas no recibían el mismo reconocimiento que los demás, tachados de ludditas natos.

El movimiento tuvo además adhesiones en el Parlamento, entre ellos, Lord Byron. Lord Byron dio un discurso en la Cámara de los Lores, en 1812, donde argumentó contra un presupuesto destinado a convertir los asaltos a las fábricas en un crimen penado con la muerte, lo que se denominó como movimiento popular.

El luddismo ilustrado defendía que el sabotaje merecía la pena, ya que el sabotaje defendía al luddismo. El filósofo francés Bernard Stiegler se dedicó a pensar y actuar en el cruce entre técnica, filosofía y política mientras se encontraba en prisión. Este filósofo, intentaba ver el aspecto crucial de la tecnología.

Andoni Alonso habló acerca del concepto de software libre, puesto que es importarte por lo que llegó a implicar. Supuso un trabajo comunitario, basado en compartir, en el que una red de personas trabajaban en libertad para poder decidir en conjunto, yendo de la mano de las telecomunicaciones. “Todas las telecomunicaciones son aparatos nemotécnicos” añadió el conferenciante.

En la conferencia se habló también de marketing, conduciéndolo hacia el camino de los deseos. Nuestra individualidad nace a raíz de un contexto social, por lo tanto, hablamos de transindividualización, un sistema de control y fuerza. Un sobrino de Freud decía: “La gente no sabe lo que quiere, por lo tanto, hay que meterle consumo, marketing”. En consecuencia, podríamos decir que, en parte, internet se ha convertido en control absoluto. Tenemos el ejemplo más reciente, el COVID-19. Internet ha conseguido que los individuos sean vulnerables, aislados, individuos controlados, tal y como estaba pasando con los trabajadores y las máquinas.

Los ludditas habían llegado incluso a ser vistos como los contrarrevolucionarios de la “Revolución Industrial”. Idea de una revolución tecnológico-social en la que se oponían tanto política como reaccionariamente al capitalismo. Las máquinas que provocaron los primeros desastres ludditas han dejado a la población en la calle durante varios siglos. Una relación amor/odio entre humano y máquina.

 © Guadalupe Aguado-Guadalupe

Universidad Carlos III de Madrid (España)

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El presente trabajo se enmarca en el proyecto “Impacto de la financiación pública en la economía de las empresas mediáticas privadas. Subvenciones y publicidad institucional. Análisis del caso español (2008-2020). Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Plan Nacional de I+D+i, Programa Estatal de Generación del Conocimiento y Fortalecimiento Científico y Tecnológico (2019-2021). PGC2028-093887-B-I00.

Resumen

El artículo aborda cómo se contemplan los datos de difusión y audiencia de los medios de comunicación en el marco regulador de la contratación de la publicidad institucional en España. Se analiza si dichos indicadores han de considerarse entre los criterios de reparto de fondos y selección de medios, tanto por parte de la Administración General del Estado, según lo establecido en la Ley de Publicidad y comunicación institucional; como por parte de diferentes comunidades autónomas, según lo recogido en sus respectivas leyes. Asimismo, se estudian las puntualizaciones al respecto en la Ley de Contratos del sector público, así como por parte del Ministerio de Hacienda, de la CNMC y del Tribunal Constitucional. Tras los resultados obtenidos se concluye que en el marco regulador de la publicidad institucional en España los datos cuantitativos de difusión y audiencia son considerados criterios objetivos que permiten el cálculo de costes, la racionalidad del gasto y el cálculo de la eficacia de campaña. Si bien, no en todas las leyes al respecto se hace constar expresamente la necesidad de dichos datos y que sean verificados por entidades independientes y sin ánimo de lucro contempladas en la Ley General de publicidad. Ello puede desencadenar una situación de falta de uniformidad, que repercuta en la transparencia, eficiencia y austeridad del gasto que marca la legislación para la contratación de tiempos y espacios.

 
 

© José Carlos Cano Montejano

Universidad Complutense de Madrid (España)

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Resumen

En este artículo el autor trata de poner de manifiesto algunas cuestiones relacionadas con el procedimiento de transposición de la Directiva de Servicios Audiovisuales, que ha sido compleja debido no sólo a la situación pandémica, sino también por causa de los retos que implicaba su incorporación a las jurisdicciones nacionales. De este modo, la Directiva afecta a cuestiones importantes de la regulación anterior, algo que ha implicado retos relevantes para el legislador nacional, que se ha visto confrontado con unas exigencias derivadas de la norma europea, que podían afectar y tener trascendencia respecto de derechos fundamentales que acrecen el estatuto jurídico no sólo de la ciudadanía, sino también de los operadores jurídicos afectados; por esta razón –y, aunque el texto de este artículo se terminó de escribir antes de la aprobación parlamentaria del Proyecto de ley que ha culminado en la nueva Ley de Comunicación Audiovisual-, lo expuesto a lo largo de estas páginas no pierde vigencia alguna, porque se refiere y vuelca consideraciones que hacen referencia a la transposición en general de cualquier norma europea, concretadas en las exigencias de esta transcendental Directiva, que va a incidir decisivamente en este sector tan relevante, por supuesto –en primer término- por la afectación de derechos fundamentales básicos para el estatuto ciudadano.

©Belén Galletero-Campos

Universidad de Castilla-La Mancha (España)

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Resumen

Este artículo analiza, de una parte, la evolución regulatoria que ha sufrido la contratación de publicidad institucional en Castilla y León desde la aprobación de la Ley 4/2009, de Publicidad institucional de Castilla y León; y, de otra, los importes que en este concepto se han abonado desde el gobierno autonómico a medios de comunicación durante el periodo 2014-2020. El interés en estudiar este caso particular es que por primera vez en una Comunidad Autónoma un acuerdo de gobierno en 2019 entre las formaciones políticas Partido Popular y Ciudadanos ha impulsado acciones para auditar la gestión en la materia, lo que revela una sospecha de discrecionalidad en el reparto de fondos de este tipo de campañas. Los datos cuantitativos y el análisis de las comparecencias políticas en las Cortes de Castilla y León confirman que es pertinente una reforma de la Ley de 2009, así como el establecimiento de métodos de rendición de cuentas que se orienten a una mejor planificación y evaluación de las campañas. Todo ello redundaría en una comunicación más eficaz a la ciudadanía bajo el principio de eficiencia y racionalidad en el gasto que se presupone a todo organismo público.

 

Revista Internacional de Derecho de la Comunicación y de las Nuevas Tecnologías. Semestral

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